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lunes, 9 de diciembre de 2013

La Seguridad ciudadana

MARCO LEGAL VIGENTE PROMUEVE PARTICIPACIÓN VECINAL MÁS PROACTIVA
Transcripción Karin Vigo

“Es seguridad ciudadana, para efectos de la ley, "... la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas”.

Algunas ideas
Además de los deberes generales de competencia de cada autoridad, en el contexto de la seguridad nacional, tenemos algunas ideas como las siguientes:

En la Ley de Seguridad Ciudadana, si bien expresamente no se ha
considerado la participación activa del sector empresarial, sí está prevista la posibilidad que se invite o incorpore a otras autoridades del Estado o representantes de las instituciones civiles que se consideren conveniente, por lo que somos del parecer que bien puede incluirse al empresariado peruano para que participe como una manifestación de su responsabilidad social empresarial. Recuérdese que los gremios empresariales son convocados para las alianzas estratégicas y acuerdos nacionales.

Las poblaciones están en aumento y cada vez las brechas de acceso a la justicia y la información sobre sus derechos crecen. Es recomendable pensar en la construcción de nuevos módulos básicos de justicia, donde se concentren todos los servicios de justicia en un solo lugar. Hay que verlo como una forma de empoderar a las comunidades, especialmente a las emergentes.

Así como existe el Centro de Altos Estudios Nacionales-CAEN, podría pensarse en un Centro de Instrucción Ciudadana, donde los representantes vecinales y ciudadanos en general puedan recibir instrucción sobre cómo diseñar estrategias de seguridad ciudadana.

Conciliar intereses con base en un interés común debe primar sobre posturas protagónicas. No importa quién aporte el mejor proyecto o quién tome la iniciativa, lo que importa es desarrollarlas con compromiso social. Nos fortalecemos institucionalmente uniendo sinergias y damos un mensaje positivo a la ciudadanía.

Lo señala la ley, seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización  pacífica de las vías y espacios públicos. Así, seguridad puede definirse como calidad de lo que es o está seguro (libre y exento de todo peligro o daño, cierto indudable, firme y constante), y también como certeza, garantía de que algo va a cumplirse.

En el artículo 58 de la Constitución Política del Perú, si bien está referido al régimen económico nacional, resaltan las funciones esenciales del Estado, señalándose que "... orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura". Entonces promover que seamos libres y exentos de todo peligro o daño o vulneración a nuestros derechos en general, en cualquier ámbito, es tarea esencial del Estado.

A su vez, en los artículos constitucionales 164 y el 166 del Capítulo XII sobre Seguridad y de la Defensa Nacional, que está dentro del Título IV, De la estructura del Estado, se establece que es el Presidente de la República quien dirige el Sistema de Defensa Nacional y que la Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno, garantizar el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado, entre otros. De ello podría establecerse que es responsabilidad absoluta del Presidente y de la PNP garantizar la seguridad en la sociedad; sin embargo, hay que hacer una lectura sistemática para tener una comprensión integral.

Concordados los artículos 163, 164 y 166, el resultado es que el Estado (que comprende a todas las personas, entes y organismos) es el llamado a garantizar la seguridad de la Nación mediante el Sistema de Defensa Nacional, debiéndose destacar que "toda persona, natural o jurídica, está obligada a participar en la Defensa Nacional, de conformidad con la ley."

Tarea Conjunta
En el artículo 2 de la Ley Nº 27933, del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se señala que es
seguridad ciudadana, para efectos de la ley, "...la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas". Para ejecutar la acción integrada ha sido creado el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (Sinasec).

Ahora bien, cuando hablamos de ciudadano, ciudadana y ciudadanía, la referencia directa es a las personas que viven en un Estado, nación o sociedad o comunidad o población, y por lo tanto entendemos que se trata tanto de personas naturales como de personas jurídicas.

Son tres elementos y soportes claves de las funciones especiales del Sinasec: organización, coordinación y participación. La organización en el ámbito local se ha establecido a través de comités de conformación plural: autoridades políticas, judiciales, fiscales y, entre otros, las juntas vecinales y comunidades, esto es, de los ciudadanos-vecinos organizados. La coordinación es general e interinstitucional; general a partir de los lineamientos del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (Conasec) y local en el ámbito de intercomités. La participación ciudadana es el resultado de la organización de la población y su involucramiento en la acción integrada.

En el artículo 13 de la Ley Nº 27933 se establece que los comités regionales, provinciales y distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutarlos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por el Conasec. Estos comités son presididos por las máximas autoridades regionales y locales, justificándose ello por cuanto un elemento principal de la seguridad ciudadana es la organización de la población y la promoción de su participación proactiva. Las autoridades políticas son las que tienen o deben tener inmediatez con la población y canales directos de comunicación permanente.

Ciudadanos - Vecinos
Para que los ciudadanos-vecinos conozcan sus atribuciones, deberes y puedan ejercerlos de manera efectiva, primero deben conocerlos, luego deben organizarse y una vez empoderados, podrán participar activamente. Es por ello que entre las diferentes funciones de los comités regionales, provinciales y distritales está la de promover la organización de las juntas vecinales de su jurisdicción, y difundir las medidas y acciones sobre seguridad ciudadana y evaluar su impacto en la comunidad.

Articulación de Acciones
El aumento o incremento es un término común a la delincuencia y ciudadanía en cuanto a seguridad ciudadana se refiere. Para la delincuencia, sus fortalezas van en aumento, pero para la ciudadanía lo que va en aumento es su temor al peligro y daño; inseguridad y desesperanza de no poder vivir en una sociedad pacífica, lo que restringe su libertad. Hace falta una ciudadanía organizada y empoderada para participar activamente en planes de seguridad y defender su libertad.

En ese contexto, sin perjuicio de las competencias y deberes de cada autoridad (política, judicial, fiscal y otras), tiene necesariamente que haber una tarea conjunta, no solo de unir sinergias entre las autoridades, sino de involucrar a los ciudadanos.

Los vecinos deben tomar conciencia que la seguridad ciudadana es también una tarea que les compete y, por lo tanto, hay que ser receptivos a las iniciativas que ellos puedan formular, formular, evaluarlas y ver si es viable ejecutarlas. 


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