domingo, 30 de octubre de 2011

Osiptel eliminaría opción de número desconocido, y la opción que empresas de telefonía restrinjan la identificación de llamadas entrantes


Preocupación por opción de número desconocido….
Una nota reciente publicada en el Diario Perú 21, en el Diario La República y propalada por RPP, dice: que Osiptel , eliminaría opción de número desconocido, que tomaría esa decisión debido a que varios usuarios lo utilizan para realizar llamadas amenazantes o perturbadoras. Agrega que así Osiptel busca garantizar el derecho de los usuarios de identificar las llamadas entrantes.

Osiptel se preocupa por impedir que empresas restrinjan la identificación de las llamadas entrantes.
De igual manera, se añaden en esta nota que en el proyecto de resolución del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), publicado hoy en El Peruano, se plantea que las empresas de telefonía se encuentren impedidas de restringir la identificación de las llamadas entrantes.

Medida alcanzaría a clientes que no hayan cancelado recibos…
Esta restricción se daría inclusive cuando el cliente prepago no haya rehabilitado o recargado el servicio, o para el caso del paquete control y postpago los abonados no hayan cancelado el recibo.

Osiptel asegura que propuesta esta destinada a mejorar seguridad pública….
El regulador mencionó que la propuesta está destinada a mejorar las condiciones para la seguridad pública, garantizando los derechos de los usuarios y abonados de los servicios públicos de telecomunicaciones.  Explicó que con esta modificación se garantiza el derecho del abonado a acceder en su equipo terminal a la identificación del número telefónico de las llamadas entrantes, antes de ser contestadas y durante el establecimiento de la comunicación.  Esto considerando que los servicios públicos móviles vienen siendo empleados en actos que contribuyen al menoscabo de la seguridad ciudadana, y no se puede identificar a aquellos abonados que realizan llamadas amenazadoras o perturbadoras.

Así mismo se incluyen medidas para garantizar la debida inscripción de los usuarios….
Asimismo, se incluyen medidas destinadas a garantizar la debida inscripción de los usuarios que contratan un servicio. “Dado que la responsabilidad del registro de los datos personales del abonado está a cargo de las empresas operadoras, se ha precisado que estas se encuentran impedidas de trasladar al abonado dicha responsabilidad”, mencionó el Osiptel.  Para ello, las empresas de telefonía móvil deberán contar con una herramienta informática en su página web que permita a los abonados realizar consultas sobre el detalle de los números telefónicos que tiene asignados, omitiendo los tres últimos dígitos como mecanismo de protección de información de datos personales.  También se podrán realizar consultas sobre la modalidad de contratación de cada servicio (sea prepago, control o postpago). Igualmente, el abonado podrá pedir a la empresa operadora que emita un documento en el cual se detallen los números que aparezcan bajo su titularidad. La solicitud deberá ser realizada en forma presencial.

En ese sentido, se propone crear un procedimiento expeditivo para el abonado que desconozca la titularidad de algún servicio contratado a su nombre bajo la modalidad prepago. La persona que aparezca como poseedor de un número que no es suyo podrá cuestionar dicha titularidad, ya sea en forma verbal o por escrito.

Adicionalmente, el cambio de titularidad se sujetará a nuevas reglas que obliguen a la empresa operadora a la cabal identificación del nuevo titular del servicio. Así las solicitudes solo podrán efectuarse en las oficinas de las empresas operadoras y a través de sus páginas Web.   En ambos casos, solo podrá procederse a la atención de la solicitud si existe plena identificación del nuevo titular del servicio.

Comentarios:
“Todas las llamadas deben ser posibles de identificar”, las hechas desde teléfonos fijos; de teléfonos públicos; las hechas por contratistas de servicios de las mismas empresas telefónicas que utilizan las líneas donde hacen mantenimiento;  las hechas a través de tarjetas; las que hacen los call center de las mismas empresas telefónicas cuando envían grabaciones automáticas ofreciendo sus servicios.

“El proyecto sugerido es un paso adelante”, sin embargo, la experiencia nos muestra que con el actual desarrollo tecnológico y en la actual situación de inseguridad, constituye un tímido avance en pro de la seguridad pública.

Por los casos que se aprecian a diario, algunos tipos de llamadas deberían ser “registrados obligados” por las empresas operadoras de teléfonos. Hoy en día las telecomunicaciones son empleadas como un complemento para el delito, para el  robo de en casas,  secuestro, localización,  y los registros de llamadas podrían servir a investigaciones posteriores. Los registros reflejarían las llamadas recibidas en un periodo y servirían de evidencia a posteriores investigaciones.  O como en el caso de recibir llamadas telefónicas promocionales, a pesar de haberse inscrito en el programa de Indecopi “Gracias, No insista”, donde supuestamente las empresas no deberían llamar para ofrecer servicios o publicidad y lo hacen.

También se debe pensar en la “identificación de mensajes de texto”. Estos en algunos casos solo consignan un número de envío, o pueden ser originados en la Web, sin previa identificación, pudiendo ser de naturaleza publicitaria, promocional, de recuerdo de facturación y otras. Por lo general, si no amenazantes, son tomadas como un fastidio, una molestia, o un abuso a la privacidad si no de todos, de una gran mayoría de usuarios.

La restricción en la identificación de llamadas y mensajes de texto, siempre servirá a algún interés de parte.  Luego de muchos años Osiptel se inclina a favor de la identificación de las llamadas, sin embargo, es necesario y prudente aún un cabal reconocimiento de los riesgos tecnológicos actuales.


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