miércoles, 27 de junio de 2012

Gestión de Propiedad Intelectual e Innovación


“Es crucial pues, que una política de inclusión social comprenda también la inclusión cultural y tecnológica, en el sentido de favorecer el acceso al conocimiento y a los avances científicos, tecnológicos con potencialidad de efectos comerciales.”

Además de la educación e investigación, existe un “tercer rol de la universidad, el cual resalta la participación de esta institución dentro del desarrollo económico de un país y/o región. Ello, aunado al hecho de que uno de los fines de la universidad es promover el desarrollo de la comunidad, y que los países que mayor crecimiento y desarrollo han tenido son aquellos que más han invertido en innovación, permite aseverar a algunos que la finalidad ulterior de la universidad es la innovación tecnológica.

En el Perú, las principales trabas por las que atraviesan las universidades públicas peruanas (UPP) para el fomento de la investigación y solicitudes de patentes son: a) No cuentan con financiamiento; y b) no tienen adecuada asesoría sobre la viabilidad de patentabilidad de sus resultados ni sobre cómo proteger sus derechos de propiedad intelectual (DPI). Ante ello, son las empresas privadas las que acuden a las UPP con proyectos específicos y/o financiamiento (este último mayormente proviene en realidad de fondos concursables del FINCYT, FONDECYT o INNOVATE PERU). Surge entonces una relación directa entre universidad y empresa, la cual se manifiesta en contratos de asociación en participación en que se deben establecer las condiciones en que se llevará a cabo el proyecto de manera que ambas obtengan beneficios.

Para ello existen en el mundo las “Oficinas de transferencia de tecnología” (OTT) dentro de las universidades y/o centros de investigación, las cuales buscan facilitar la  relación entre universidad y empresa, encargándose de conseguir financiamiento para los proyectos de investigación científica de la universidad y de gestionar los DPI resultantes. En Canadá, por ejemplo, los criterios que tiene la OTT para gestionar DPI atienden a qué tanto conocimiento y/o tecnología ha brindado la universidad para el desarrollo del proyecto. Los DPI son un incentivo y herramienta de protección del conocimiento, que lamentablemente en el Perú no se conocen mucho ni  aprovechan, y como consecuencia, existen muchas creaciones intelectuales que generan valor agregado que se encuentran desprotegidas.

En el Perú, por lo general –al menos en las universidades privadas– los acuerdos concluyen en una cotitularidad entre la universidad y la industria, beneficiándose ambas partes. Son precisamente las universidades privadas que más investigan (UPCH y PUCP, principalmente) las que cuentan con respectivas OTT. Las UPP no cuentan con ello, lo cual no coadyuva al fomento de la investigación y posterior contribución a la sociedad, todo lo contrario a lo que ocurre en el resto del mundo, como por ejemplo en Finlandia, donde la interpretación del tercer rol de la universidad ha llevado a entenderla como un importante agente económico del mercado.

Por otro lado, también es cierto que las OTT deberían estar adscritas al Vicerrectorado de Investigación. (Art. 36 de la Ley 27333, Ley Universitaria). Sin embargo, no todas las UPP cuentan siquiera con un Vicerrectorado de Investigación (Al menos la UNALM  y la UNI ya se encuentran en camino).

Dicho de otro modo, la creación de OTT en las UPP sería de suma importancia no sólo para promover la investigación universitaria sino también para dinamizar la interacción ya existente entre la academia y el sector empresarial, de manera que el beneficiado sea la sociedad. Es crucial pues, que una política de inclusión social comprenda también la inclusión cultural y tecnológica, en el sentido de favorecer el acceso al conocimiento y a los avances científicos, tecnológicos con potencialidad de efectos comerciales (Donde la universidad desde hace muchos años se está convirtiendo en un actor coadyuvante sumamente importante). Sólo de esta manera podríamos pensar en resultados a largo plazo y en beneficio de la colectividad. 

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