martes, 12 de junio de 2012

Transparencia y Acceso a la Información Pública

HACIA UNA AUTORIDAD AUTÓNOMA QUE PROMUEVA ESTE DERECHO

Es importante que los ciudadanos y ciudadanas sepamos que la información en poder del Estado es pública y que tenemos derecho a conocerla. La transparencia es una medida preventiva contra el secretismo y la corrupción. Ella favorece la vigencia de un régimen democrático. Precisamente, el contenido y alcances del derecho de acceso a la información pública han sido desarrollados por la Constitución de 1993, los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, las leyes y la jurisprudencia del Tribunal Constituciooal. Sin embargo ¿dicho desarrollo será suficiente?

De acuerdo con el artículo 2° inciso 5) de la Constitución, toda persona tiene el derecho a solicitar,  sin expresión de causa, la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Este derecho no es absoluto. Según la Constitución, las excepciones están referidas a informaciones que afectan la intimidad, la seguridad nacional,  el secreto bancario, la reserva tributaria y las que expresamente se excluyen por ley.

"Luego de cerca de diez años de vigencia de la Ley de transparencia y acceso a la información pública se aprecian avances, pero aún quedan temas pendientes."

Por su parte, la ley de transparencia y acceso a la información pública, cuyo TUO fue aprobado mediante el DS N° 043-2003-PCM, distingue tres tipos de información. Así, tenemos la secreta – ámbito militar y de inteligencia -; la reservada – ámbito policial y de relaciones exteriores – y la confidencial –intimidad, secreto bancario, reserva tributaria, etcétera-. Esta norma busca dejar atrás la clasificación ambigua e imprecisa que antes existía. Además,  contiene un conjunto de normas que promueven la transparencia. Y es que el Estado no solo debe entregar la información que le soliciten, sino que debe dictar medidas que pongan a disposición de la ciudadanía  la información y garanticen el escrutinio público.

Así. Resulta fundamental la obligación de todas las entidades públicas de contar con portales de transparencia que difundan, mediante Internet, los datos generales de la entidad, que incluyan las disposiciones y comunicados emitidos, su organización,  organigrama y procedimientos;  las adquisiciones de bienes y servidos que realicen; y la información adicional que la entidad considere pertinente.

No obstante. Luego de cerca de diez años de vigencia de la ley de transparencia y acceso a la información pública, se aprecian avances, pero aún quedan temas pendientes. Y es que si bien una ley es importante, ella no es suficiente. La "cultura del secreto", arraigada en el país, no se revierte solo por una norma. Se trata de un tema Cultural que requiere un cambio de actitud y un compromiso sincero de nuestras autoridades. Para avanzar hacia una "Cultura de la transparencia" se debe fortalecer la institucionalidad. Por ello, compartimos la propuesta de la Defensoría del Pueblo de abrir el debate sobre la conveniencia de contar con una entidad pública autónoma encargada de la defensa y promoción de la transparencia, tal como existe en otros países de América Latina,  como México y Chile. Ello debe formar parte de un "compromiso por la transparencia" que contribuya a garantizar el buen gobierno en el país y a seguir avanzando en la lucha contra el secretismo que tan malos recuerdos nos ha dejado.

Propuesta Legal
De acuerdo con la Defensoría del Pueblo. La creación de una autoridad autónoma permitirá garantizar la fiscalización de las normas de transparencia y acceso a la información pública, así como la solución oportuna de los conflictos que se presentan en la relación de la ciudadanía con el Estado.

El derecho fundamental de acceso a información se encuentra protegido por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana.

Los países de la región latinoamericana que cuentan con legislación en materia de acceso a la información son: Antigua y Barbada, Belice, Canada, Colombia, Chile, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, y Uruguay.



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