sábado, 22 de diciembre de 2012
jueves, 20 de diciembre de 2012
martes, 11 de diciembre de 2012
La Haya vuelta final: Perú emitió en Corte argumentación clara y definitiva
Equipo peruano expuso la segunda y final ronda del juicio oral ante la
Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya. En 1952 no se podía
delimitar frontera marítima. La argumentación jurídica peruana se sustenta en
principios, derechos, y documentos y hecha por tierra interpretaciones de su
contraparte. La representación peruana cumplió.
En el intermedio de la audiencia en la que Perú expone sus
últimos alegatos en la controversia marítima con Chile, el embajador
Allan Wagner, agente de Perú ante la Corte Internacional de Justicia de La
Haya, declaró que el equipo jurídico peruano realizó intervenciones sólidas y
académicas basadas en el derecho internacional[1],
argumentos que fundamentan la posición peruana sobre la inexistencia de un
acuerdo de límites marítimos entre ambos países. .
El abogado Alain Pellet, sostuvo que “Chile pretende privar
al Perú de sus derechos sobre el triángulo exterior”[2].
Afirmó
que el triángulo exterior es una zona en la que el Perú tiene derechos
soberanos reconocidos en el derecho contemporáneo, y que le corresponde a
la Corte definir dónde está la frontera para dar una solución equitativa.
El abogado estadounidense Rodman Bundy, demostró que la
frontera marítima entre nuestro país y Ecuador[3]
no se fijó en la Declaración de
Santiago de 1952, tal como sostiene Chile. Que esta fue establecida recién en mayo del 2011 a
través del canje de notas entre Gobiernos y no por la Declaración de
Santiago de 1952. En una segunda alocución Bundy hizo conocer que en la
Declaración de Santiago no se hace mención del Hito 1, el que Chile señala como el punto de
inicio de la frontera marítima. Que "la primera vez que aparece (el
Hito 1) en relación, fue con los arreglos de 1968 relativos a los faros, 16
años después de Declaración de Santiago. Finalmente indicó que Perú no pide a
la Corte que dirima una querella en la frontera terrestre, sino que Perú
demanda una delimitación marítima que parte del Punto de la Concordia.
La magistral exposición del profesor Vaugham Lowe es una
pieza de derecho internacional”- El jurista hizo un análisis muy profundo del
artículo 4 de la Declaración de Santiago de 1952, documento considerado por
Chile como un acuerdo de límites marítimos, y ha probado que esas actas no
contienen acuerdos. Pidió a los
magistrados del tribunal internacional que consideren el tipo de invitación que
hizo el país sureño al Perú y Ecuador respecto a participar de una conferencia
de asuntos balleneros y no para repasar los límites[4].
Este documento no establece coordenadas ni otros elementos
para una delimitación. El abogado inglés enfatizó que, para la redacción de la Declaración de
Santiago de 1952, "Chile propuso
una zona de 200 millas sin mención alguna de una frontera en el paralelo". “Cómo dos países que fueron invitados a
una Conferencia Ballenera terminaron suscribiendo un tratado limítrofe”, se
preguntó.
Michael Wood, afirmó en torno a la Declaración de Santiago,
que nosotros afirmamos que no hubo acuerdo y Chile no ha presentado ninguna
prueba contemporánea de que en la Declaración de Santiago se estableció la
delimitación marítima entre ambos países.
“Y por contemporánea me refiero a
los mapas actuales. ¿Por qué en los mapas actuales de Perú, Chile y Ecuador no
figuran los límites marítimos?”, añadió durante su exposición.
Wood aseguró que en las exposiciones del equipo jurídico del
país sureño no explicaron dos grandes ausencias. “La ausencia en la legislación chilena sobre cualquier referencia a la
delimitación marítima lateral en el norte y la de mapas que demuestren o
indiquen una delimitación marítima”[5].
Por otro lado, aseguró que los faros construidos al sur del
país, y que Chile pretende presentar como prueba de una frontera marítima, solo
servían para ayuda de los pescadores.
“Los faros servían como guía
para las embarcaciones y tenían la intención de prestar asistencia a los
pescadores en la zona cercana a la costa dentro de las 12 millas marinas
de ésta”, argumentó.
El jurista Tullio
Treves
remarcó que
"El Perú y Chile no hubieran podido delimitar
en 1952 una zona de dominio marítimo exclusivo de 200 millas sobre la base de
la Declaración de Santiago".
Señaló que Lima, Santiago y Quito eran
conscientes que proclamar el ejercicio de derechos soberanos de 200 millas en
esa fecha era incompatible con el derecho internacional de entonces[6].
De
esta manera, Treves dio respuesta a la pregunta planteada a las partes por el
juez marroquí Mohamed Bennouna respecto a si en 1952 podían proclamar y
delimitar un área de soberanía marítima sobre la Declaración de Santiago.
"Parece que el punto 4 de la Declaración
de Santiago debe interpretarse tal y como está y no como le gustaría a
Chile", indicó. También subrayó que
“los alegatos de Chile parecen
demostrar poco interés al criterio de equidad para la delimitación marítima”.
Desde este blog, felicitamos la presentación
de la representación peruana, que constituyen en nuestra opinión, argumentaciones jurídicas sólidas,
profundas y pertinentes que
apuntan al más alto nivel de justicia, y que se alcanzan a la luz de la
interpretación y ponderación de los principios, derechos y documentos. En
nuestro común entender, la Corte tiene un camino visible para decidir.
miércoles, 5 de diciembre de 2012
Proceso de la Haya segundo día: Tesis Peruana emerge, dictamen Jurídico Chileno en 1964 admite inexistencia de pacto para determinar fronteras
En el segundo día de declaraciones en la Corte de La Haya,
el equipo jurídico peruano pidió a la Corte de La Haya que establezca
una solución objetiva y equitativa al diferendo con Chile, mediante la
delimitación marítima bajo el criterio de la equidistancia y el derecho
internacional. A criterio del agente peruano ante la Haya, Wagner Tizón, lo que
busca Perú es hacer conocer a los jueces de manera clara y directa las
fortalezas de la posición nacional.
La exposición en el segundo día se inicio con la declaración
del abogado británico, Alan
Vaughan Lowe, quien expuso sobre la naturaleza de la Declaración de
Santiago de 1952 que, según sostuvo, no tiene un carácter de delimitación
marítima [1].
A la contundencia de los alegatos presentados, esta vez la
novedad es que se añaden pruebas en las que Chile reconoce a través de
documentos oficiales la ausencia de pacto de fronteras.
La declaración de Michael Wood, abogado británico precisó
que Chile reconoció la inexistencia de pacto de fronteras[2],
en un documento oficial conocido como el Dictamen Jurídico Bazán, elaborado por
un asesor del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
“En su dictamen, el asesor jurídico (…) señalaba que en el
punto 4 en la Declaración de Santiago no existe un pacto expreso para
determinar las fronteras laterales de los mares territoriales respectivos”.
Además, refirió, el documento chileno indica que el
artículo 1 del acuerdo de 1954 “no supone un pacto en virtud del cual las
partes hubieran establecido una frontera marítima y que no ha podido determinar
cuándo y de qué manera se llegó a dicho acuerdo”.
Incluso se anexó un croquis de tres posibles líneas
alternativas para fijar la frontera: el paralelo, la línea media y la
perpendicular, precisó.
Según explicó, el Dictamen Jurídico Bazán fue un documento
elaborado a solicitud de la Dirección de Fronteras de Chile, en setiembre de
1964.
A su turno Tulio
Treves, jurista internacional del equipo peruano ante la Corte de La
Haya, recordó que en 1978, Perú expresó su posición respecto a la delimitación,
el principio de equidad.
Luego expuso los alegatos peruanos el jurista internacional Rooman Bundy quien señaló que entre
1952 y 1992 Chile no emitió ninguna carta náutica en la que se pretendiera
establecer una frontera marítima con Perú [3].
El jueves continúa fase oral
El próximo jueves 04 de diciembre continúa la fase oral
del litigio marítimo, esta vez con el inicio de las exposiciones de la parte
chilena. La audiencia de ese día se realizará entre las 09.00 y 12 horas,
mientras que al día siguiente, viernes 05 de diciembre, se llevará a cabo en
dos turnos: entre las 04.00 y 07.00 horas y entre las 09.00 y 12.00 horas.
lunes, 3 de diciembre de 2012
Proceso de la Haya: Serenidad Jurídica y derecho se abre paso.
La Corte Internacional de Justicia de La Haya dio inicio a
la etapa oral del diferendo marítimo, con la presentación de la representación
peruana e hizo públicos, la Memoria y Contramemoria que presentaron el Perú y
Chile entre el 2009 y 2010, para sustentar su posición en la controversia
marítima en ese tribunal.
Los documentos, escritos en inglés y que fundamentan la
posición de ambos países, eran hasta ahora confidenciales y no podían ser dados
a conocer al público por ninguna de las partes. Descargue aquí los documentos
de Perú
y Chile.
Posición Peruana: Serenidad, derecho, justicia, equidad,
ante ausencia de limites
- El embajador Allan Wagner hizo la presentación inicial a partir de las 9 a.m. y fue tajante al decir que Chile no ha logrado demostrar que existía un límite marítimo[1]. “Por consiguiente, el Perú presentó la siguiente causa para establecer una frontera marítima equitativa. El Perú pide que se le otorgue derechos y soberanía sobre sus doscientas millas marítimas que incluyen el denominado el denominado triángulo exterior”.
- La segunda exposición estuvo a cargo del abogado francés Alain Pellet, quien resaltó que el pedido de Perú en dicho tribunal no se trata de consagrar el “dominio marítimo”, sino de reconocer sus derechos soberanos y de jurisdicción[2]. Pellet describió la posición de Chile como una base que, ni en forma aislada ni en su conjunto, “pueden constituir prueba contundente de un acuerdo de delimitación del que habla estado demandado”, y agregó que “se trata de una frontera que amputa radicalmente el acceso de Perú al mar libre”. “Perú pide que zanjen este contencioso aplicando los principios de derecho del mar tal y como refleja la Convención del Mar 1982”, añadió y afirmó que la consecuencia lógica del reclamo sería la posición de Perú de trazar una línea equidistante.
- Continuando con la defensa el abogado estadounidense Rodman Bundy, miembro del equipo de Perú, explicó que la línea de equidistancia “produce un resultado equitativo ya de por sí sin necesidad del menor ajuste”[3], resaltando así que la propuesta peruana tiene como objetivo principal lograr una solución equitativa al litigio marítimo con Chile. Con la ayuda de mapas que mostraban el área marítima en cuestión, señaló que “el punto Concordia se encuentra exactamente en el lugar en que la costa de Sudamérica cambia de posición”. El Punto Concordia, como sostiene la posición peruana, debe tomarse en cuenta como punto de la frontera terrestre para la delimitación marítima. “Chile está consciente de que una línea equidistante produce un resultado equitativo, mientras que su reclamo sobre el paralelo no produce ese resultado”, afirmó al final de su exposición.
- El jurista británico Michael Wood, experto en Derecho al Mar, defendió la posición peruana aduciendo como argumento principal que “Perú y Chile no han convenido ningún tipo de fronteras, laterales ni marítimas”[4]. El jurista sostuvo que “la Declaración de Santiago (1952) carece de credibilidad”, dado que Perú fue invitado como firmante de dicho documento para ocuparse de asuntos balleneros en lugar de límites.
- Tullio Treves, exjuez Tribunal Internacional del Derecho del Mar, fue el cuarto abogado de la defensa peruana en exponer sus alegatos, ratificó la postura peruana que ve en los documentos firmados con Chile hace 50 años como acuerdos y no tratados. “Ninguno de ellos ni su combinación constituye un tratado de delimitación marítima —aseveró—, por lo que “la Declaración de Santiago sería un anacronismo para Zona Marítima de 200 millas”.
El Perú continuará con la defensa de su postura mañana 4 de
diciembre, mientras que Chile hará lo propio el 6 y 7 de diciembre.
Posteriormente, habrá una segunda ronda el martes 11 de diciembre, en el que
Perú cerrará su intervención y Chile replicará el viernes 14. De este modo, la
Corte entregaría su fallo a mediados del próximo año.
Serenidad de Wagner Tizón, representante peruano contrasta
con representación chilena a cargo de Alberto van Klaveren,
Juan Martabit, embajador al lado
de otro funcionario durante el comienzo de las audiencias orales por la
delimitación marítima entre Perú y Chile que se iniciaron en la Corte
Internacional de Justicia de La Haya, Holanda.
Horas antes del inicio de la fase oral de Perú ante el tribunal internacional, Sebastián
Piñera, presidente de Chile dijo
que a pesar de la preparación de su país, nadie puede asegurar que el fallo
esté completamente a su favor[5].
Revista Mercado Latino Edición Diciembre 2012
En esta edición mensual, esta revista de la comunidad latina
en Japón, nos trae a lo largo de 148 páginas, diversos artículos de interés entre
los que resaltan los siguientes: