domingo, 16 de febrero de 2014

España: condenados por embriaguez deberán usar un dispositivo de bloqueo de arranque en vehículos


Imagen dispositivo de bloqueo “Alcolock”
Tomado de El País
El nuevo Código Penal pretende poner trabas a quienes intenten conducir un coche en estado de embriaguez. Según el nuevo proyecto de ley, que se encuentra en tramitación parlamentaria, el conductor “que haya sido condenado por un delito contra la seguridad vial” solo podrá conducir vehículos a motor “con dispositivos tecnológicos que condicionen su encendido o funcionamiento a la comprobación previa de las condiciones físicas del conductor” cuando esta medida “resulte necesaria para prevenir la posible comisión de nuevos delitos”.

En la práctica, el nuevo artículo supone que el juez podrá obligar a soplar antes de conducir
—para que el coche pueda arrancar— a aquellas personas condenadas por haber excedido la tasa de alcohol permitida, por encima de 0,60 miligramos por litro de aire espirado, en España, un delito penado con prisión de tres a seis meses, multa de seis meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, además de la privación del derecho a conducir entre uno y cuatro años.

Generalmente, el juez suele imponer una multa económica o trabajos en beneficios de la comunidad a quienes por primera vez son condenados por este tipo de delitos y solo recurre a penas de prisión en el caso de los reincidentes. Según fuentes cercanas a los promotores de la nueva medida prevista en el futuro Código Penal, el objetivo perseguido es contar con otro instrumento más de “reeducación”.

Sin embargo, antes de que empiece a implantarse este dispositivo, conocido como alcolock, falta por determinar, por ejemplo, en qué casos se aplicará o quién se responsabilizará de su coste, es decir, si será el Estado o el condenado el que pagará la instalación.

Existe ya un precedente en Bélgica, donde la justicia obligó el pasado agosto a instalar un alcolock en su coche a un hombre condenado por conducir ebrio. El conductor será quien se haga cargo de los gastos de instalación, que ascienden a 3.700 euros, y no podrá conducir si supera los 0,2 miligramos de alcohol por litro de aire espirado porque el sistema bloqueará el arranque del vehículo.

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