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miércoles, 9 de abril de 2014

Pornografía Infantil y la Ley de Delitos Informáticos

La Inocencia amenazada

Tomado de la Revista Jurídica
Transcrito por Karin Vigo
La nueva Ley de delitos informáticos modifica entre otras disposiciones del Código Penal su artículo 183-A. Este señala que la pena privativa de la libertad será no menor de diez años ni mayor de doce años y de cincuenta a trescientos sesenta y cinco días multa cuando: 1) El menor tenga menos de catorce años de edad; y, 2) El material pornográfico se difunda mediante las tecnologías de la información o de la comunicación.

Sobre este último tema, es decir, cuando el material pornográfico se difunda a través de las tecnologías de la información o de la comunicación, merece nuestra atención, en tanto que, con la entrada en vigencia de la Ley de delitos informáticos, se ha incrementado la pena en los delitos de difusión de la pornografía infantil, separándola del delito de pornografía infantil previsto en el primer párrafo del artículo 183-A del Código Penal, el cual sanciona con pena privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de diez años y con 120 a 365 días multa, a quien posee, promueve, fabrica, distribuye, exhibe, ofrece, comercializa o publica, importa o exporta por cualquier medio objetos, libros, escritos, imágenes, videos o audios, o realiza espectáculos en vivo de carácter pornográfico, en los cuales se utilice a personas de catorce y menos de dieciocho años de edad.

 Resulta importante la modificatoria realizada dado que lo que es materia de la sanción penal, es la difusión del material pornográfico mediante las tecnologías de la información o de la comunicación; sin embargo, debe tenerse cuidado, ya que existen programas informáticos de archivos compartidos, que se conocen con su nombre en inglés "peer-topeer", en español par a par o de igual a igual o redes P2P, los que por su propia mecánica de descarga, hace que los archivos descargados de la red en una computadora, en este caso, conteniendo

sábado, 28 de diciembre de 2013

Fiestas de Año Nuevo. Líos y daños de adolescentes ¿Quién se hace responsable?

Por Jorge Contreras
En New York, un grupo de unos 300 adolescentes ingresaron al complejo Comercial de King Plaza causando conmoción entre las tiendas. Peleas, robo y destrucción de artículos sobrepasaron la capacidad de los guardias de seguridad quienes finalmente ayudados por la Policía lograron erradicar a los laberintosos jóvenes fuera del centro. La medida de seguridad, solo entran al centro comercial con adultos o padres que se hagan responsables de ellos.
En Lima, adolescentes se queman con pirotécnicos, otro pierde la vida y sujetos escrupulosos claman abiertamente su apoyo al empleo de pirotécnicos.  Quizás la mejor medida sea el “responsabilizar a los adultos” a cargo.

Caso en New York
Intervención a menor en Brooklyn, New York
En Brooklin, a las 6 de la tarde del ultimo viernes 27 de diciembre, unos 300 adolescentes, vestidos ingresaron al centro comercial Kings Plaza en Brooklyn, New York., golpeando las lunas de los escaparates, gritando y creando desordenes en las tiendas. Los guardias de seguridad y agentes de policía, llegaron a controlar la turba y sacarla del local a eso de las 9 de la noche. El hecho, espantó a compradores y arruinó las ventas, adicionalmente en algunas tiendas se quejaron de pequeños robos y destrucción de artículos. Ninguna denuncia fue levantada aún y las policía revisa los videos de seguridad para identificar a los responsables.
normalmente, 

Casos en Lima
Pirotécnicos
En Lima, las detonación de pirotécnicos durante la navidad no solo han sido empleadas a lo largo de toda la ciudad, sino que han alcanzado niveles alarmantes de riesgo, adicionalmente sujetos sin escrúpulos, que no diferencian las “buenas practicas” o “practicas seguras”, promueven públicamente la discordia en las redes sociales, habiendo adquirido notoriedad el caso de Gianmarco, el popular cantante afectado por azar con pirotécnicos. Adicionalmente, por todos es conocido que  un adolescente de 16 años ha fallecido en el distrito de Independencia al explotar su mochila con pirotécnicos. 


Estemos preparado para las celebraciones de Año Nuevo…
Muñecos de Año Nuevo
Debido a que estas faltas no son penadas y a que se espera el empleo de pirotécnicos y hasta quema de muñecos en las celebraciones de año nuevo.  Consideramos que estas medidas pueden evitarnos lamentarnos de las celebraciones
  • Como en el caso de las mascotas en que los propietarios son responsables de ellos, en el caso de los niños y adolescentes, los responsables son los adultos, padres o tutores quienes están obligados a responder por los daños que causen sus menores.
  • Se recomienda a la comunidad en general a seguir las buenas practicas y/o practicas seguras recomendadas por los fabricantes de pirotécnicos.
  • Como quiera que todos estamos expuestos, todos en general debemos estar predispuestos a documentar, filmar, grabar cualquier anormalidad que sirva de evidencia a investigaciones posteriores sobre el mal uso de estos artículos y que cause daños a personas o propiedades.