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Actual risks and threats demand specific solutions. Here you will find information to help your Security Plan, whether Personal or Institutional.

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Mostrando entradas con la etiqueta Los Jueces. Mostrar todas las entradas
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jueves, 24 de agosto de 2017

El Perú se merece mejores jueces. Reflexión sobre la Labor Judicial

Articulo reproducido de la Revista Jurídica del Diario El Peruano
Por Ivan Sequeiros Vargas. Dr. miembro de la Sala Penal Permanente

<No cabe duda que un sistema de justicia, como cualquier otra actividad humana, depende de las personas que la realizan y esa dependencia se ciñe con la idoneidad, la vocación y convicción de

viernes, 18 de agosto de 2017

El Control de la Imputación Penal. Interpretación Sistemática y Calificación

∎ Más garantías
El proceso inmediato no solo sirve para simplificar las etapas del proceso penal común, y responder a las expectativas de solución efectiva y eficaz de conflictos de relevancia penal, sino que también instituya al juez de la investigación preparatoria como el aval por antonomasia de derechos fundamentales.

El Juez vinculado con los Valores Constitucionales. Interpretación Sistemática y Calificación Jurídica.

∎ La Prevalencia
En el contexto de las ideas aludidas, los principios constituyen una expresión sustantiva del Estado neoconstitucional, en cuanto representan los mecanismos de sustento de las decisiones de los jueces

martes, 21 de febrero de 2017

La Credibilidad como parte del Liderazgo destacado

Un interesante artículo presentado por David Blanchard, Oficial de Policía del Condado de Alameda, en California, recientemente publicado en el Boletín del FBI, refiere el tema de la “Credibilidad en el Liderazgo” que muchas autoridades y políticos del mundo, de Latinoamérica y en especial del Perú deberían leer y observar. Los invito a leerlo.

jueves, 1 de diciembre de 2016

La decisión judicial: dimensión jurídica y epistémica

Tomado de la Revista Jurídica del Diario Oficial El Peruano
Bases para que un modelo racionalice esta labor
Por: Roberto Obando Blanco[1]
Las cuestiones previas
  • Como cuestiones previas al tema, debe tenerse presente la diferencia que existe

martes, 29 de noviembre de 2016

Perú: La #decisión_judicial, Impacto en la sociedad

Tomado de la Revista Jurídica del Diario oficial El Peruano
Por ENRIQUE PESTANA URIBE[1]
<Urge reforzar conocimientos
Una de las distorsiones en la aplicación de las normas penales  es que los jueces están convencidos de que cuando la pena a imponerse no supera los cuatro años debe haber una condena condicional. No consideran

lunes, 25 de abril de 2016

Estados Unidos: Soldado condenado a una noche en prisión es acompañado por el Juez que lo sentenció

Por Harriet Sinclair
El juez Lou Olivera declaró que no quiso dejar solo en su celda al Sargento Joseph Serna para evitar su posible colapso, en su condición de stress post traumático a causa de combate. (en ingles Post Traumatic Stress Disorder PTSD). El Juez Olivera influenciado por la admiración y a la vez compasión de tener que sentenciar a una

lunes, 29 de febrero de 2016

Estados Unidos: Juez Clarence Thomas emite opinión favorable de permitir armas de fuego a personas con antecedentes de violencia familiar.

Tomado del Huffpost Politics
Presidente de la Administración de Meredith
Hoy día, el Juez del Tribunal Supremo Clarence Thomas rompió su silencio de 10 años, durante la  escucha de argumentos orales relacionados a si era justo o no el prohibir la posesión de armas de fuego a personas que hayan recibido sentencias  por delitos menores de violencia familiar (o doméstica). En opinión del Juez, se "viola los derechos de poseer

martes, 16 de febrero de 2016

Estados Unidos: La extraordinaria vida de Antonin Scalia

Tomado de The Atlantic
Antonin Scalia, un icono de la justicia conservadora falleció el último sábado 13 de febrero del 2016. Su mensaje singular, podría ser una guía para muchos políticos locales que no respetan los derechos adquiridos constitucionalmente. Este mensaje es: “La Constitución y las Leyes deben ser interpretadas de la misma forma como sus fundadores la escribieron e interpretaron". “En la Constitución no hay evolución”, ”No es una constitución viviente está muerta”. Los invito a leer este interesante artículo…

Por Matt Ford
Antonin Scalia, la antorcha jurídica,  líder intelectual del ala conservadora de la Corte Suprema de Estados Unidos durante su mandato de tres décadas como Juez, falleció el

viernes, 3 de abril de 2015

China: exjefe de seguridad enfrenta cargos de corrupción y pena de muerte

La Fiscalía Popular Suprema de China, acusó al político  Zhou  Yongkang, de 71 años de edad, de recibir grandes sobornos, abuso de poder y de filtrar secretos de estado, durante sus funciones como subgerente general la Corporación Nacional de Petróleos de China, jefe del Partido Comunista de la provincia de Sichuan, titular de la Secretaría de Seguridad Pública, y jefe del Comité Central de Política y Leyes. Según la fiscalía "El abuso de poder ha llevado a una gran pérdida de fondos públicos y ha causado grave daño al interés nacional y público".

La Oficina de Investigación del Partido Comunista de China, hizo públicas sus investigaciones contra Zhou, poco  después que dejara su cargo a fines de 2012. Las

Estados Unidos: Senador acusado de conspiración, soborno y fraude en servicios honestos

Oficina de Relaciones Públicas
Por Jorge Contreras[1]
Mientras en el Perú, algunos políticos no desean ser investigados, en países como Estados Unidos, la situación es diferente, “los cargos públicos deben ser transparentes y sujetos a investigaciones exhaustivas (por años)” para alejar la corrupción y ganarse el respecto de la opinión pública. En nuestro país, este mal local no apareció hoy, esta desde hace un buen tiempo entre nosotros, los casos son escándalos públicos, van en aumento y los gobiernos no han tomado una acción decisiva para detenerlos. ¿Quizás hasta por alguna oscura razón, exista interés en invalidar a políticos transparentes?.    Los invito a leer esta nota, nos da luces sobre la necesidad de investigar…

Acusación al Senador Robert Menéndez y al oftalmólogo Salomón Melgen….
El Procurador General Adjunto Leslie R. Caldwell de la División Criminal del Departamento de Justicia y Richard M. Frankel, agente especial a cargo del caso, de la Oficina del FBI en

miércoles, 14 de mayo de 2014

Estados Unidos: Supremacía de la Corte Suprema en discusión

By Eric Segall[1]
Tomado de CNN
Traducido por Jorge Contreras

La Corte Suprema de los Estados Unidos ha sido durante mucho tiempo una institución política y jurídica única. En este sistema de Justicia, sus jueces son los únicos en el mundo que permanecen en servicio en este tribunal de la nación de por vida.

Su poder para contradecir las decisiones políticas del presidente, del Congreso y de los estados (el poder de revisión judicial) no está explícitamente especificado en la

sábado, 3 de mayo de 2014

Perú: Crisis entre dos instituciones del estado, el Consejo Nacional de la Magistratura y el Tribunal Constitucional

Por Jorge Contreras
La lucha contra la criminalidad organizada ha inquietado y continua preocupando a la comunidad internacional y nacional. No solo por los efectos sociales y económicos que generan las conductas de esta naturaleza, sino además por sus repercusiones negativas en las instituciones, desarrollo democrático, ordenamientos jurídicos y que en definitiva pueden afectar la estabilidad y gobernabilidad de los estados afectados...[1]

Un conflicto de intereses enfrenta al Consejo Nacional de la Magistratura y al Tribunal Constitucional, un conflicto por la reciente elección del fiscal de la nación.

El problema de la conducta y
Del valor de la acción humana
Es un problema de Filosofía que la ciencia positiva no resuelve
Miguel Reale

Las características de esta crisis…
Una parte de la ciudadanía,  da muestras de “preocupación social” por el resultado del

lunes, 28 de abril de 2014

Egipto: Juez sentencia a 683 a la pena de muerte por disturbios y violencia

Prisioneros esperan en su celda para ser juzgados
Por Jorge Contreras
Considerado un hecho sin precedentes, en un juicio masivo, corto y con algunos acusados en ausencia, 683 personas procesadas recibieron sentencias a la pena de muerte. Los sentenciados son lideres, miembros y militantes de la Hermandad Musulmana acusados de violencia y disturbios, incluyendo incendio de comisarías y muerte de autoridades en las zonas de Rabea al- Nahda Adaweya  y de Nahda en agosto pasado.

El caso de Edwa….
Este lunes 28 de abril, en un proceso contra 683 personas, en una sola sesión, privada, con

miércoles, 23 de abril de 2014

Estados Unidos, Corte Suprema de Michigan: “cuando una ley democrática puede afectar a grupos minoritarios”

En las universidades de Estados Unidos, grupos considerados históricamente marginados, entre ellos de estudiantes de raza negra, latinos o asiáticos, contaban con el programa gubernamental “acción afirmativa” que establecía cuotas para que estudiantes de estas minorías se beneficien con las posibilidades de educación en universidades de prestigio.

Porque se llegó a esta decisión?
En el año 2003, el Tribunal Supremo había validado la consideración de la raza o grupo étnico como factor para las admisiones universitarias y así favorecer a grupos marginados y de menores recursos.

Grupo de oposición a las cuotas…
En el 2006, con el anecdótico leitmotiv[1] de “en nombre de la no discriminación,  o de

jueves, 3 de abril de 2014

Panamá: Juez renuncia y denuncia presiones (Dos Videos)

Imagen: La Prensa, Panamá Órgano Judicial
Tomado de La Prensa, Panamá
Por Jorge Contreras
En Panamá, Alexis Ballesteros, un abogado de carrera, renunció a su cargo y formuló públicamente gravísimas denuncias contra el Segundo Tribunal de Justicia. Explica que renuncia ante presiones de las jerarquías superiores, en las que se le obliga como subordinado a inmiscuirse en expedientes, apoyar “causas” y procurar sentencias bajo amenaza de perder sus puestos.

Ballesteros exjuez del Cuarto Juzgado Penal ha desatado así una ola de criticas sobre el

viernes, 3 de enero de 2014

Costo/Beneficio en la homologación de Jueces ¿un cero a la izquierda?

Por Jorge Contreras
Apartando el tema de la corrupción, una de las principales criticas a la reciente homologación de haberes a Jueces de diciembre último, es la que se escucha en los pasillos de las Cortes y Juzgados, a todos aquellos que pasan por la dramática situación de llevar  a cuestas un proceso. De ellos se escucha, “se les ha aumentado de sueldos para que sigan haciendo lo mismo”.
Según el doctor Renato Villa[1], en el Perú, los plazos procesales fijados en los Códigos Procesales y Ley Orgánica del Poder Judicial “NUNCA” se cumplen por parte de los Jueces, y los mismos (plazos), “SÓLO SE APLICAN A LOS LITIGANTES”, el resultado procesos interminables en el tiempo. Esta situación afecta la imagen del Poder Judicial, afecta la confianza en las autoridades judiciales y afecta el grado de participación de la sociedad con sus autoridades.


Lo que la Ley dice…
En la Constitución vigente, el artículo 2 inciso 2 señala la igualdad de todos ante la ley , el 109 señala

viernes, 27 de diciembre de 2013

Estados Unidos: El espionaje es legal porque apunta a la amenaza

Imágenes de PRESSTV
Por Jorge Contreras
El viernes 27 de diciembre, William Pauley, juez de la Corte del Distrito  Sur de New York declaró legal el espionaje de la Agencia de Seguridad Americana (NSA), sus motivos, por que estas actividades combaten al terrorismo y protegen a los ciudadanos americanos.  Agregó que, debido a que la tecnología le permite a los terroristas de Al Qaeda operar descentralizadamente y planear ataques terroristas desde distancias remotas, el programa de recolección masiva de información telefónica posibilita una respuesta positiva y acertada al gobierno. 

Un análisis sencillo denota el interés de parte (del Juez)….

miércoles, 4 de septiembre de 2013

La importante necesidad de una estrategia en la comunicación de los órganos de Justicia y la Policía.


Tomado de Cops, Web Dispatch, Departamento de Justicia EUA. Artículo original “El caso de la Justicia Procesal: Justicia como Herramienta de Prevención del Delito”, “The case for Procedural Justice Fairness as a Crime Prevention Tool
Por Emily Oro, Director Adjunto de Planificación y Desarrollo en el Centro de Innovación Corte, en colaboración con Melissa Bradley, de la Oficina de COPS.

Traducido Jorge Contreras 
La realidad de la comunicación judicial en las cortes, de la comunicación en las intervenciones policiales y hasta la actuación de algunos medios de prensa, es en casos, desafortunada y desalentadora; Podríamos decir que colabora con una mala percepción de la imagen del sistema, de las instituciones y de los representantes que aparecen en primera plana.   

Instituciones de justicia y de policía de los Estados Unidos están implementado una estrategia de comunicación con la población, basada en los resultados de investigaciones, en las que concluyen que  el buen trato, el mensaje claro, la disponibilidad de escucha, le dan a las personas la imagen de legitimidad, equidad y justicia del sistema que representan.

En este artículo, importantes conclusiones que bien podrían llevarse a otros campos de la actividad humana en provecho de una mejor interacción, para fomentar una mejor imagen de las instituciones del sistema y alcanzar mejores niveles de cooperación.  Los invitamos a leerlo.

Nuevos enfoques para mejorar la percepción del sistema…

miércoles, 20 de marzo de 2013

La ética en los jueces


HACIA LA CONSOLIDACIÓN DE UN ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO

“La norma ética solo  tiene legitimidad  en la medida en que constituye un medio de autorre- gulación creado y hecho suyo –como pauta de conducta–  por los propios jueces, quienes  son sus autores y destinatarios.”

Luego de diversas discusiones y presenta-ción de proyectos de ley, el 4 de noviembre de 2008 el Congreso promulgó la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial, publicada el 7 del mismo mes y año, disponiéndose una vacatio legis de ciento ochenta días contados desde su publicación, lo cual determinó su vigencia desde el 7 de mayo de 2009.

Consideramos que constituye un aspecto posi-tivo haber dotado a los jueces de un instrumento legal que garantice su independencia, regulando el ingreso, permanencia, ascenso y terminación en el cargo y la responsabilidad disciplinaria en que incurran, ya que la LOPJ vigente, en la mayoría de su articulado, se dedica a regular la estructura de este poder del Estado. De allí que era conveniente contar con una ley que solo regule el estatuto jurídico de los jueces de manera independiente a los aspectos orgánicos del Poder Judicial.

La Ley de la Carrera Judicial, como se ha indicado, regula el ingreso, permanencia, ascenso y terminación en el cargo de los jueces. Norma que no solo consagra sus  derechos sino también un conjunto de obligaciones, prohibiciones, im-pedimentos e incompatibilidades que, en caso de no ser observados, determina el inicio de un procedimiento disciplinario que puede concluir con la imposición de sanciones, entre ellas la de destitución, que determina la pérdida de la condición de juez.

CARRERA JUDICIAL
La referida ley, en el art. IV de su Título Preli-minar, considera a la ética como un componente esencial de la carrera judicial; por ello, entre las características principales que delinean el perfil del juez se considera la trayectoria personal éti-camente irreprochable (art. 2.8).

Para analizar el principio de la ética vinculado con la actuación de los jueces, tomamos como punto de partida su legitimación, la cual no solo constituye un fundamento formal, constitucional y legal, sino también uno de índole material([1]). En efecto, la legitimación del juez deriva de la Constitución, que consagra que la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce a través de sus distintos órganos con arreglo a lo que dispone en su art. 138.1 y las leyes que la desarrollan.

En cuanto a la legitimación basada en la ley, está dada en razón de ser una autoridad judicial garante de los derechos ciudadanos([2]). Más aún en el caso de nuestro ordenamiento, que otorga a los jueces el poder-deber de ejercer el control de constitucionalidad en todos los procesos que conozca. Además, el Poder Constituyente les ha otorgado competencia para conocer y resolver los procesos de la jurisdicción constitucional de la libertad: hábeas corpus, amparo y hábeas data, además de los procesos de cumplimiento, adquiriendo sus fallos firmeza si son favorables al demandante en segunda instancia, compe-tencia que se extiende al control de la potestad reglamentaria a través del proceso constitucional de acción popular. Asimismo, ejerce el control de los actos de la administración vía el proceso contencioso administrativo.

La legitimidad de los jueces no solo se ob-tiene con el nombramiento luego del proceso de selección y nombramiento efectuado por el Consejo Nacional de la Magistratura en mérito a la atribución conferida en el art. 154.1 de la Constitución, sino también con la legitimidad de ejercicio que ha de renovarse día a día a través del ejercicio de la función jurisdiccional con respeto a la Carta Magna y la ley, a los compromisos éticos personales y con la colectividad. De allí que exigencias éticas como la independencia, la imparcialidad, la honestidad, la prudencia, la transparencia, el debido respeto a los justiciables, la formación continua, entre otras, se constituyen en el parámetro que garantiza no solo la perma-nencia y ascenso en el cargo de juez, sino que sirven además para el reconocimiento social y la legitimidad del Poder Judicial.

Consideramos que la independencia y la imparcialidad constituyen exigencias éticas de primer orden para un recto ejercicio de la fun-ción jurisdiccional([3]). Por tal motivo, compartimos plenamente la opinión del distinguido profesor Pablo Lucas Verdú –recientemente fallecido–, quien sostiene que las exigencias éticas de indepen-dencia e imparcialidad de los jueces encuentran como correlato el derecho de los ciudadanos de contar con un Poder Judicial integrado por jueces que otorguen seguridad jurídica y confianza a la población mediante un desempeño acorde con los valores, principios y derechos que consagra la Constitución.
Exigencias para la función pública
En conexión con las disposiciones éticas de la Ley de la Carrera Judicial, menciona-mos a la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública([4]), que rige para los servidores de las entidades de la administración pública, la cual consagra una serie de principios y reglas éticas, entre los que se citan la justicia y equidad, neutralidad, transparencia, discreción, responsabilidad, probidad, idoneidad, vera-cidad, lealtad, obediencia y el respeto. También configura diversas prohibiciones éticas, como mantener intereses en conflicto, obtener ventajas indebidas, realizar actividades de proselitismo político, mal uso de la información privilegiada, presionar, amenazar y/o acosar sexualmente.

El reglamento del Código de Ética de la Función Pública, aprobado por DS N° 033-2005-PCM, define a la ética pública como el desempeño de los empleados públicos basado en la observancia de los valores, principios y deberes que garantizan el profesionalismo y la eficacia en el ejercicio de la función pública.

Si bien esta ley no se aplica a los jueces, por la normativa especial de la Ley de la Carrera Judicial, es importante considerarla en el análisis que efectuamos porque pone de manifiesto que la ética en la función pública constituye una exigencia para todos los funcionarios de la administración pública. Además, permite llenar algún vacío en la regulación específica contenida en la Ley de la Carrera Judicial.

PRINCIPIOS Y REGLAS
Son diversos los documentos elaborados en los ámbitos internacional y nacional que delinean los principios y reglas de la ética que un juez debe ob-servar. Así, el Estatuto del Juez Iberoamericano([5]) contiene un capítulo dedicado a la ética judicial, que recoge una serie de principios, como el res-peto a las partes, independencia, debido proceso, averiguación de la verdad, motivación, plazo razonable, equidad y secreto profesional. En la misma línea, la Declaración Copán-San Salvador de 2004([6]), el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial([7]),entre otros.

En el ámbito nacional destaca el Código de Ética del Poder Judicial del Perú([8]), que estable-ce un conjunto de valores, principios y reglas de naturaleza ética que son relevantes para el ejercicio de la función jurisdiccional. Código que se sustenta en los valores de justicia, indepen-dencia, imparcialidad, honestidad e integridad, a la vez que detalla el modo de actuación del juez para lograr tal fin: con honorabilidad y justicia;  preservar la independencia judicial; respeto a la dignidad de toda persona; no participar en política para garantizar su imparcialidad; honorabilidad y respetabilidad, entre otras reglas de actuación.

Debemos acotar que la mayoría de los valores y principios éticos consagrados en los documen-tos citados han sido incorporados en la Ley Nº 29277, como principios o reglas cuya infracción tipifica los supuestos de faltas leves, graves y muy graves y determina la aplicación de una sanción disciplinaria que, de acuerdo con su gravedad, puede merecer la imposición de una amonestación, multa, suspensión o destitución.
Resulta relevante que los valores, principios y reglas contenidos en los documentos ya referidos hayan sido incorporados en la Ley de la Carrera Judicial, toda vez que la norma ética solo tiene legitimidad en la medida en que constituye un medio de autorregulación creado y hecho suyo –como pauta de conducta– por los propios jueces, quienes son sus autores y destinatarios. Por ello, sus prescripciones y acciones de corrección son independientes de las medidas disciplinarias y de cualquier sanción legal. En cambio, al haberse regulado en la ley, el juez conoce que la infracción a las disposiciones de contenido ético dará lugar a una sanción  disciplinaria y debe ceñir su conducta a los postulados éticos.

Concluimos estas breves reflexiones en rela-ción con la ética judicial, afirmando que un juez que basa su conducta en la ética contribuye a la consolidación de un Estado Social y Democrático de Derecho, ya que su misión estará encaminada a impartir justicia, haciendo posible que los pos-tulados de la Constitución se materialicen.
Un juez de conducta éticamente irreprochable fue el digno magistrado César Augusto Mansilla Novella, juez superior de la Corte Superior de Jus-ticia de Lima, a quien los jueces, el 4 de agosto de este año, con motivo del Día del Juez, le rendimos un emotivo y merecido homenaje a su trayectoria de juez digno, probo y de conducta éticamente irreprochable, injustamente no ratificado. El discur-so estuvo a cargo de la distinguida jueza superior Lucía María La Rosa Guillén.



[1] URBANO CASTRILLO, Eduardo. "Deontología Judicial: El arquetipo del Juez de nuestra época". En: Ética del Juez y Garantías Procesales, Manuales de Formación Continuada, N° 24-2004, Consejo General del Poder Judicial, Madrid, p. 442.
[2] En este sentido DWORKIN, Ronald. Los derechos en serio, Ariel, Barcelona, 1993, p. 146.
[3] LUCAS VERDÚ, Pablo. Curso de Derecho Político, Tecnos, Vol. I, Tecnos, 2a reimp., Madrid, 1992, p. 430.
[4] Publicada en el diario oficial El Peruano, el 13 de agosto de 2002.
[5] Aprobada en la VI Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia, celebrada en Santa Cruz de Tenerife, Canarias, España, los días 23, 24 y 25 de mayo de 2001.
[6] Declaración final IV encuentro Iberoamericano de Consejos de la Judicatura y VIII Cumbre Iberoamericana de Presidentes de Cortes Supremas y Tribunales Supremos de Justicia.
[7] XIII Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en República Dominicana, en junio de 2006.
[8] Aprobado en sesiones de Sala Plena de fechas 9, 11 y 12 de marzo de 2004 y publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 3 de junio de 2004.