Los riesgos y las amenazas actuales a la Seguridad demandan soluciones especificas. Aquí encontraras información que te ayuda a un diagnostico para tu Plan Personal o Institucional.
Actual risks and threats demand specific solutions. Here you will find information to help your Security Plan, whether Personal or Institutional.

Translate

Mostrando entradas con la etiqueta Las Faltas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Las Faltas. Mostrar todas las entradas

lunes, 25 de abril de 2016

Estados Unidos: Soldado condenado a una noche en prisión es acompañado por el Juez que lo sentenció

Por Harriet Sinclair
El juez Lou Olivera declaró que no quiso dejar solo en su celda al Sargento Joseph Serna para evitar su posible colapso, en su condición de stress post traumático a causa de combate. (en ingles Post Traumatic Stress Disorder PTSD). El Juez Olivera influenciado por la admiración y a la vez compasión de tener que sentenciar a una

viernes, 23 de enero de 2015

Lima: Robo aumenta en distrito de Pueblo Libre debido a que alcalde se fue sin pagarle a Cuerpo de Serenazgo

Por Jorge Contreras
El día de hoy un delincuente le arrebató su cartera y pertenencias a una joven en el parque Galicia de Pueblo Libre. Con este serian cuatro robos en esta modalidad en los últimos días.  

Hace unos días, el 14 de enero, en plena intersección de las Avenidas Sucre y Bolívar, un Teléfono Público amaneció violentado.(Ver Imagen izquierda)   

Ese no parece ser el problema más grave. El cuerpo de Serenazgo contaría con 30 agentes que están impagos desde la navidad del 2014. 

Consultado uno de los agentes, declaró que algunos agentes dejaron de trabajar porque no se les pago sus salarios y que en Enero, el nuevo alcalde aún no se pronuncia ni con sus honorarios de Enero.
 
Conclusiones obvias:
Estamos seguros que las autoridades declararan que están trabajando por el distrito, que estan llevando a cabo obras, etc, etc, sin embargo las siguientes conclusiones son fidedignas:

Con respecto al Parque Galicia 
  • El robo de carteras ha aumentado en el Parque Galicia, a pesar de que existe una cámara de video vigilancia.


Con respecto a la Seguridad Ciudadana 
  • El relevo de las actuales autoridades municipales ha significado una perdida de los niveles de seguridad. Es necesario que las autoridades correspondientes normen,  asignen responsabilidades y controlen.
  • Hoy Viernes 23 de enero, la nueva autoridad en la municipalidad, aún no ha

miércoles, 22 de enero de 2014

Argentina: Combate a la Delincuencia “Pungas en el subte” de Buenos Aires

Por Jorge Contreras
Una comunidad virtual anti-carterista en Buenos Aires está trabajando conjuntamente con la Policía (que ha dispuesto un fuerte contingente de más de 800 agentes para brindar seguridad) en la red metropolitana de transportes de esta gran capital Argentina.

Mientras la comunidad elabora mapas de riesgo, señala las líneas más afectadas, presenta fotos de los carteristas, y explica las ultimas modalidades. A la vez alerta sobre la

sábado, 30 de noviembre de 2013

España: Aprueban nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Por Jorge Contreras
Aprueban el anteproyecto de ley de la “Seguridad Ciudadana”, en realidad un nuevo marco jurídico contra el ultraje al Estado y las representaciones de su institucionalidad. Incluye sanciones y multas contra el fenómeno de la violencia social.

"el espíritu que ha guiado al Gobierno es
proponer un texto legal que permita la convivencia cívica y pacífica",
se persigue "erradicar la violencia, el vandalismo e identificar los derechos y libertades de reunión, y manifestación del resto de conductas violentas". 
Jorge Fernández Díaz
Ministro del Interior de España

Según Luis Lorca, de la Vanguardia, este anteproyecto aprobado incluye la rebaja hasta en un tercio de las infracciones muy graves que acarrean multas de entre 30 a 600 mil euros.
Una escala de sanciones y multas…
Entre las sanciones “muy graves” se consideran el ultraje a través de la protesta no

jueves, 21 de noviembre de 2013

El congresista y el caso de la legislación sobre el abuso de sustancias y drogas

Por Jorge Contreras

En los Estados Unidos, el reciente caso de un congresista sentenciado por cargos de posesión de cocaína desenvuelve el caso de una propuesta para controlar el consumo y abuso de sustancias y drogas por parte de funcionarios públicos.  Y nos invita a revisar está experiencia para nuestro medio.




La legislación para comprobar el uso o abuso de sustancias y drogas…
En  los Estados Unidos, una votación propuesta por el Partido Republicano promovía en este último verano, (Setiembre del 2013), una ley para que los beneficiados con estampas de alimentos fuesen obligados a pasar regularmente una prueba de orina para comprobar que no eran consumidores de drogas. 

Entre los congresistas republicanos que apoyaron esta norma, se encontraba Trey Radel, representante

lunes, 11 de noviembre de 2013

“Mejorar el Código de Ética”, un proyecto que señala que la Seguridad Ciudadana está llegando al Congreso

En el Perú, los delitos y faltas de autoridades oficiales carecen de un sistema de registro. Solo se registran aquellos casos que llegan al Poder Judicial.

En el Congreso, el procesamiento de faltas y delitos adolece de defectos. El resultado ante una falta o delito, es un proceso largo, tedioso, irrelevante, moroso, oneroso para los fines institucionales, y en el que la sanción impuesta da la impresión de ser negociada por los bandos intervinientes, disminuida y luego de un tiempo olvidada.

El proyecto de ley vendría a ser una solución limitada de lo que constituye la verdadera dimensión problemática referida a las faltas y hasta delitos de las autoridades oficiales en todos sus estratos, no solo de los congresistas.  Por lo pronto, las estadísticas reales ponen en

martes, 24 de septiembre de 2013

Limites de Velocidad y sanciones: Hacia un cambio de actitud


En los últimos días, programas noticiosos de TV presentan innumerables reportajes sobre papeletas de sanción a infractores de la velocidad del transito en Lima.  Los medios de prensa presentan como principal arista de conflicto y  sustento de objeción a las sanciones, “la escasa señalización o la señalización momentánea de la velocidad en el momento de la infracción.” 

Lo contradictorio de este caso, es que la acción de la prensa, toma en cuenta aspectos subjetivos como la señalización, dejando de lado las normas existentes, las obligaciones de los conductores y la necesidad imperiosa de reducir otros aspectos más gravitantes, como por ejemplo el número de accidentes. Sin lugar a dudas, no solo los conductores en Lima, requieren de un cambio de actitud, sino también estos medios .

Algunos puntos que debemos de tomar en cuenta....

jueves, 29 de agosto de 2013

Sentencias contra el “acoso escolar” sientan precedentes a nivel nacional

Haz clic en la imagen para leer los detalles
Por Jorge Contreras
Juzgado de Familia del Cusco emitió sentencia que sienta un precedente sobre la responsabilidad de menores agresores de acoso y de docentes por no atender los casos de acoso escolar,  cursando la Secundaria y alerta a directores escolares y docentes sobre el riesgo de no prestar atención a estos casos. La primera sentencia comprende una suma indemnizatoria de 10,000 soles, incluye multas y se emite ante un caso ocurrido en un colegio religioso en Cusco.

Esta sentencia contra docentes primera en su genero, se une a una sentencia similar dictada en marzo, en la que el Quinto Juzgado de Familia de Lima, sentenció a un menor agresor

Sanción a director y docentes…
En lo que constituye la primera sentencia por un caso de acoso escolar, el Dr. Edwin Béjar Rojas, 

martes, 26 de marzo de 2013

Publicaciones sobre el acoso escolar


El Observatorio sobre “Violencia y Convivencia en la Escuela” de la Asociación para la Formación y Enseñanza de la Psicología ALFEPSI, en su cometido de proponer una cultura de paz en el ámbito educativo a puesto a disposición de la comunidad educativa  dos importantes recursos:


Descargue el documento haciendo clic en la imagen.

“El Bullying no es un juego”, guía para todos, (2012) un texto que describe y presenta una propuesta de intervención al acoso escolar. El documento está dirigido a toda la Comunidad Educativa, e integra en su contenido todos aquellos componentes que la evidencia científica ha puesto de relieve en el conocimiento del bullying y otros comportamientos violentos y/o disruptivos, vertebrándolos de manera muy didáctica en la identificación, su naturaleza y causas, la clasificación, los factores personales familiares y sociales de riesgo, y, especialmente, las propuestas concretas de intervención.

 Descargue el documento haciendo clic en la imagen.

“Bullying Opiniones reunidas”, (2013) que resume las actividades del Observatorio sobre la Violencia y Convivencia en la Escuela que convocó la 1ra Jornada Internacional: El Bullying en la Escuela. Convivir para Vivir y el más importante acuerdo que de allí surgió que fue la firma de la Declaración de Lima, cuyo espíritu principal era el de organizar el Observatorio Latinoamericano contra el Bullying en la Escuela y convertirlo en un eficaz instrumento de integración regional en materia de investigación, publicación, consultoría y orientación sobre el sensible tópico de la violencia escolar.

Este libro reúne la contribución de los suscriptores de aquella histórica Declaración de Lima (Alejandro Castro Santander, Rosario Asebey Morales, Jorge Varela y Julio César Carozzo), a la que se suman destacados especialistas e investigadores de España (Rosario Ortega, Eva Romera y Antonio Vallés A.), de la University of Greenwich (Claire Monks), de la hermana República de Colombia (Omar Vera) y el de tres valiosos estudiosos peruanos (Alberto Quintana Peña, Gabriela Ruiz Sánchez y Héctor Lamas Rojas); y representa el primer paso en la materialización del objetivo primigenio de la Declaración de Lima. Para nuestro medio este libro tiene un valor agregado que no puede omitirse: se trata de una publicación que contiene contribuciones de carácter internacional y sus autores son reconocidos por sus importantes aportes a la psicología de la violencia escolar en sus países y en el mundo.



Poder Judicial emite sentencia en caso de acoso escolar en Lima



El Poder Judicial sentenció, por primera vez en el Perú, un caso de acoso escolar o bullying. Hugo A.F.R, un niño infractor, fue encontrado por el Quinto Juzgado de Familia de Lima como coautor de la Infracción a la Ley Penal contra la Vida, el Cuerpo y la Salud (lesiones personales), en agravio del menor Alejandro G.L.S. (12), víctima de Acoso Escolar (“bullying”), a quien la Procuraduría de la municipalidad de San Miguel, tomo a su cargo y prestó defensa legal.

El escolar agresor recibió como sentencia la medida socio educativa de libertad asistida por un periodo de cuatro meses, que cumplirá en el Servicio de Orientación al Adolescente (SOA), institución que le aplicará una terapia psicosocial al sentenciado.
El fallo también fijó como reparación civil la suma de 300 soles, monto que será apelado por la Procuraduría Municipal al considerarla como ínfimo, y que no cubre ni los gastos médicos ocasionados a la victima de su agresión.

El menor agredido cursaba el primer año de secundaria en el Centro Educativo Particular Newton de San Miguel, donde fue objeto de las agresiones físicas y violencia psicológica. No se conoce si se habría impuesto sanción alguna al plantel por el descuido al no garantizar un ambiente de paz y tranquilidad a los educandos, sin embargo los familiares de la victima, principalmente la madre retiraron al escolar agredido de este centro educativo.

En declaraciones a la prensa, Salvador Heresi, el alcalde del distrito de San Miguel, elogió el fallo del Poder Judicial, recalcó que se trata de un hecho importante para la paz en las escuelas. También demandó a los colegios, el estar alertas y evitar todo tipo de maltrato infantil.

La municipalidad de San Miguel lleva a cabo por segundo año consecutivo el programa “Alto al bullying”, en el que su consultorio itinerante de la Defensoría Municipal del Niño (Demuna), realiza visitas a colegios públicos y privados en este distrito, capacitando a la comunidad a través de campañas y movilizaciones sobre el buen trato.

jueves, 10 de enero de 2013

Empleo de dispositivos de seguimiento de escolares


En San Antonio, Texas,  un juez federal falló a favor del derecho de  una escuela en el distrito Northside de obligar a una estudiante a llevar consigo una tarjeta de identificación, algo que la estudiante se negaba a portar.

El fallo emitido el último martes le otorga a la escuela el derecho de expulsar o transferir a la estudiante AH,  de 15 años de edad de la escuela.  Si la escolar desea permanecer en la escuela, estará obligada a llevar la insignia. De lo contrario, tendrá que irse a otra escuela.

Los padres de la escolar habían solicitado una orden judicial que evite la transferencia de su hija de la escuela de San Antonio,  y el caso llegó a la corte federal.

Desde el pasado otoño, la escuela distrital de Northside comenzó a experimentar con "chips localizadores" en las tarjetas de identificación de los estudiantes (Insignias escolares) en dos campus, permitiendo así a la administración escolar rastrear con GPS, el paradero preciso de 4.200 estudiantes. Los dispositivos solo sirven para el control de escolares en el interior de la instalaciónn escolar.

Los administración escolar afirma que el empleo de chips inteligentes, permite ofrecer mas seguridad a los estudiantes, que ayudarán a mejorar el control de los registros de asistencia, y que facilitan el calculo para el apoyo financiero del Estado.

La denuncia de la familia del escolar, contra la escuela distrital de Northside, considerada el cuarto distrito escolar más grande de Texas, sostiene que la norma de portar una identificación viola sus creencias religiosas. Su familia aduce que la insignia es satánica, que tiene una "marca de la bestia", lo que va contra su religión.

OG, el  Juez del  Distrito,  denegó inicialmente la solicitud de transferencia de la escolar, admitiendo que el uso de la insignia "tiene un efecto incidental  en las creencias religiosas del escolar". Sin embargo, el juez también admitió en su fallo que la escolar uso una tarjeta de identificación anteriormente por varios años y su negativa a usar la nueva insignia es: "claramente una opción, más que una preocupación religiosa". Por ello, dijo que si la escolar no aceptaba la disposición de  usar una tarjeta de identificación sin el chip de seguimiento, la escuela podría transferirla a otra escuela.

En un comunicado del distrito escolar, le dieron a la escolar, estudiante de segundo año, y a su familia,  plazo hasta el 22 de enero, para que decidan si aceptan el compromiso y permanecen en la escuela u optan por ser transferidos a su escuela de origen.

"La decisión emitida por la corte secunda  la postura de la escuela y ofrece un arreglo razonable al estudiante de retirarle el chip  inteligente de la placa de identificación de la estudiante".

John Whitehead, presidente del Instituto Rutherford, un grupo de derechos civiles con sede en Virginia que representa a la escolar y su familia en la corte, mencionaron que su organización planea apelar a la decisión del juez.  Whitehead dijo que espera que la escolar y su familia no acepten el compromiso de usar una tarjeta de identificación sin el chip de seguimiento. 

Whitehead considera que el juez no esta en lo correcto al pronunciarse en el sentido que la negativa de la escolar de llevar la insignia se basa en sus creencias religiosas, ya los jueces no deben pronunciarse sobre estos temas, que en anteriores sentencias del Tribunal Supremo se ha indicado que los funcionarios del gobierno no pueden ser árbitros de las creencias religiosas. "Para esta escolar y su familia, este es un tema de moral religiosa muy fuerte .... Sus creencias religiosas están protegidas porque son sinceros", dijo.

Adicionalmente la Unión (sindicato) de Libertades Civiles Americanas (en ingles ACLU) es otra organización interesada en oponerse a la decisión del distrito. Ellos proponen que los niños no deben usar esta tecnología de vigilancia.

A estos grupos se les han unido algunos parlamentarios republicanos que han presentado  un proyecto de ley para prohibir el empleo de esta tecnología en las escuelas de Texas.

miércoles, 14 de marzo de 2012

Imágenes destruidas, ¿Un mensaje?



La destrucción de las imágenes de la Virgen no son simples actos vandálicos ni hechos casuales y aislados, que deben quedar registrados como simple anécdota, son daños llevados a cabo a imágenes religiosas producto de un ensañamiento violento en el que podría estar presente un mensaje y una condena al discurso católico.

Algunos antecedentes….
En noviembre del 2008, la destrucción y pintado de rojo de imágenes de vírgenes en Managua, Nicaragua, fue el resultado de una crisis post electoral cuando la Comisión Episcopal censuró el resultado de las elecciones ante la denuncia de fraude del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN). Posteriormente Lery Neiva, vicealcalde de Managua, identificado con el FSLN, explicaría que la destrucción habría sido un acto de respuesta ante el intento de manipulación con estatuas al pueblo cristiano nicaragüense.

En mayo de 2011, el arzobispo de Mérida, Baltazar Porras consideró que las destrucciones y ataques a diversas imágenes de vírgenes, que ocurrieron en Venezuela teñían un móvil político. En Yaracuy y Barquisimeto, Venezuela diversas imágenes fueron destrozadas. En el caso de Barquisimeto, las imágenes fueron pintadas de rojo, les cortaron las manos,  decapitaron y hasta le dispararon a una imagen en el pómulo izquierdo.

Las referencias de los párrafos anteriores se tornan mas siniestros y asumen una  naturaleza política  cuando la información  planteada por algunos arqueólogos como el brasileño Darcy Ribeiro quienes explican que las imágenes religiosas constituyen parte de la conquista y del genocidio indígena como consecuencia de la llegada de los conquistadores europeos.

La corriente feminista extrema a su vez considera que la imagen de la virgen es reduccionista, cuya determinación obedece a la necesidad de construcción de un modelo de niña buena, recatada, impoluta que se autocensure y no de problemas.  Esta corriente proclama que las mujeres tienen sus propias decisiones y no dependen de una moral castrante ni draconiana que las paralice. Sin embargo, nos corresponde aclarar, que esta corriente a pesar de sus conceptos, no ha sido fuente de participación en la destrucciones de imágenes.

En Lima…


El miércoles 14 de marzo, agentes miembros del Serenazgo de la municipalidad de Barranco, informaron de la destrucción de una imagen de la Virgen del Carmen en el Parque de La Familia. Los fragmentos fueron encontrados entre matorrales y fuera de la gruta en que reposaban.

Las noticias anteriores han generado una reacción en las cadenas de redes sociales que mantiene un buen numero de tweeters sobre las destrucciones en la red, o en los sitios de Facebook correspondientes.

Corolario...
Esta claro que ante las vírgenes destruidas, no hay imágenes pintadas, ni cercenadas, ni baleadas, como en otros casos, sin embargo subsiste la trama de un mensaje alrededor de la fe mariana y temas relacionados,  la intención no esta clara aún,  sembrar la idea de un “final de los tiempos”, o de un “castigo divino”, “promover un mensaje que lleve al conflicto social utilizando las imágenes en estos distritos”, en sí una trama que las autoridades deben relacionar con las situaciones conflictivas actuales.

La calificación a estos actos así como a sus  autores,  que no tienen reparos en dañar algo que representa lo sagrado, y que constituye las creencias personales, debe ser simplemente censurado por todos. 


Las autoridades deben prestar atención, especialmente si estos hechos ocurren en determinados lugares y circunstancias que coinciden con el traslado de un convicto importante, a un penal que lleva el nombre de la "Virgen de las Mercedes" 




domingo, 7 de agosto de 2011

Cocinera puso veneno para ratas en comidas escolares de Brasil


Texto: AP
Brasilia.- La Policía de Brasil informó que una cocinera confesó haber colocado veneno para ratas en la comida de la cafetería de una escuela pública al sur del país[1].
El miércoles, 22 estudiantes y 16 profesores y empleados de la escuela Pacheco Prates en la ciudad de Porto Alegre enfermaron[2] después de comer un plato de carne a la Stroganoff[3], dijo el inspector Cleber Santos de Lima en declaraciones a la web de la televisora Globo. Los perjudicados fueron tratados en un hospital local y dados de alta.
Se llamó a la policía cuando se hallaron en la cocina paquetes abiertos de veneno para ratas, agregó.
Los agentes interrogaron a los empleados de la cafetería y una de las cocineras confesó haber rociado la comida con el veneno. Lima agregó que la mujer no pudo explicar por qué lo había hecho.

Comentario
Es necesario normar el registro y certificación de los empleados domésticos, por parte de las empresas encargadas para estos servicios.  Así como establecer la escala de sanciones y multas para las violaciones a la seguridad. 

Ladrón de Teléfonos celulares fue arrestado luego que el software instalado en el equipo permitiera a la policía localizarlo


Un tonto ladrón que utilizó un teléfono Iphone robado para hacer una llamada fue arrestado a los 45 minutos, luego que la victima logrará ubicarlo gracias a un programa  localizador instalado con anterioridad.
La Policía arrestó a Liam Aspin de 31 años, al utilizar el sistema “Mobil Me” que utiliza un sofisticado programa de localizador por satélite.
La estudiante Rio Bridge, de 20 años había cargado el programa localizador en su teléfono antes que este se le perdiera,  cuando fue de compras aun supermarket de la calle Helen en Mersesyde.
Ella informó  a la policía donde estaba su teléfono luego que su novio activara el programa localizador.
El ladrón fue sorprendido por los miembros de la policía que tocaron a su puerta a los 45 minutos de ocurrido el robo.
El sistema “Mobil me” convierte el teléfono en un localizador.


Bungling iPhone thief is caught after tracking app installed by the owner leads police to him

A bungling thief[1] who pinched an iPhone was arrested 45 minutes later - after the victim traced him using her tracking app.
Police found Liam Aspin, aged 31, using MobileMe, which tracks the phone using sophisticated satellite technology.
Student Rio Bridge, 20, had fortunately loaded the handy app to her iPhone, went missing while she was on a shopping trip to a supermarket in Earlestown, St Helens, Merseyside.
he then told police her boyfriend was able to track the phone's whereabouts using an application on his own mobile phone.
It resulted in the shocked and startled thief getting a knock on his front door from police within 45 minutes of the Apple phone being taken.
'Luckily I had registered with MobileMe, which is a tracking device. I went to the police in Earlestown and got in touch with my boyfriend Lewis Hughes.

Comentario
El registro nacional de números celulares debe permitir la identificación de la propiedad de los teléfonos. Los estándares de operación de las empresas de telefonía celular en el Perú deben permitir servicios de localización para neutralizar los robos y promover el turismo de aventura.


[1] http://www.dailymail.co.uk/news/article-2023343/iPhone-thief-caught-victim-finds-using-tracking-app.html

martes, 26 de julio de 2011

Adolescente condenado por sicario


Un miembro de las Fuerzas de Seguridad de México escolta a Edgard alias “El Ponchis, considerado un sicario del cartel del Pacifico Sur, en Cuernavaca, Morelos, México. 
Fuente: Margarita Pérez (Reuters)
Este martes 26 de julio, un juez mexicano sentencio a Edgard Jiménez Lugo, un adolescente de nacionalidad norteamericana a tres años de prisión por cargos de crimen organizado, homicidio, secuestro y posesión de drogas y armas[1]. Según José Serrano, fiscal del estado, la sentencia es la mayor permitida a menores en el estado de Morelos. Jiménez fue procesado en una corte de estado debido a que el sistema de justicia de México no cuenta con cortes para tratar estos casos al nivel federal.

Edgard Jiménez, conocido como el “Ponchis”, nació en San Diego, California. Jiménez confesó trabajar para el cartel del “Pacifico Sur”, bajo las ordenes del capo  Héctor Beltrán Leyva y haber asesinado a cuatro personas cuyos cuerpos decapitados fueron colgados de un puente en la ciudad de Cuernavaca[2]. Jiménez fue arrestado el y su hermana en Diciembre ultimo cuando intentaba tomar un avión a Tijuana, desde donde planeaba viajar a San Diego y reunirse con su familia. Fue después de su arresto en que calmado y frente a  cámaras de prensa afirmó haber participado en el asesinato de hasta siete personas bajo la influencia de drogas y amenazas.

Edgard Jiménez cumplirá su sentencia en 3 años y será libre. Cuando preguntado por sus padres, a pesar de saber que están vivos y trataron de defenderlo inicialmente, Jiménez respondió que ambos están muertos[3].  

En declaraciones, la oficina del Fiscal de la Nación  declaró que el numero de adolescentes, menores de edad va en aumento, 482 casos en el 2006, 810 en el 2009. Adicionalmente se incluyó comentarios explicando que la vida de Edgard Jiménez ha transcurrido en la pobreza y la ausencia de padres que condicionaron su acercamiento a las drogas[4].

En el Perú, no existe un sistema de registro nacional “oficial” de delitos y faltas[5]. Las faltas, diferenciadas de los delitos en nuestro Derecho, ubicadas en la escala más baja, constituyen el origen de las conductas desviadas de los adolescentes, debido a que son consideradas delitos de poca monta, sus cifras, los costos de sus perdidas económicas no se toman en cuenta, y su tratamiento a través de un registro técnico científico deberían ser tomadas en cuenta para prevenir casos como el que se presenta en esta oportunidad registrado en México.

martes, 1 de marzo de 2011

El Derecho en Occidente tomó las experiencias de Roma


1.    El Derecho como protector de la interacción y convivencia humana
·      Debido a que la sociedad tiene como fin fundamental lograr un desarrollo colectivo, es decir, el bienestar común y a que lamentablemente no todas las relaciones que se dan en su interior son pacíficas, que es necesario cierto tipo de regulación -“control”,  el Derecho en Occidente toma las experiencias romanas.
·      Así, es que el derecho solo tiene sentido dentro de una sociedad y se basa en las relaciones que se dan entre sus miembros. “La misión del derecho es proteger la convivencia humana en comunidad. Nadie puede, a la larga, subsistir abandonado a sus propias fuerzas; toda persona depende, por la naturaleza de sus condicionamientos existenciales, del intercambio y de la ayuda recíproca que le posibilita su mundo circundante”[1].
·      “El hombre siempre aparece en sociedad interaccionando estrechísimamente con otros hombres. Se agrupan dentro de la sociedad en grupos permanente, alternativa o eventualmente coincidentes o antagónicos en sus intereses o expectativas. Los conflictos entre grupos se resuelven en forma que, si bien siempre es dinámica logra una cierta estabilización que va configurando la estructura de poder de una sociedad, que en parte es institucionalizada y en parte es difusa.”[2]
2.    El Derecho Penal como medio de control social
·      El Derecho Penal surge como -medio-instrumento- de control social, el cual debe ser en su contenido y en sus reacciones concordante con el sistema de control imperante. “El derecho penal es un instrumento de control social que opera junto a otros instrumentos de idéntica finalidad”[3].
·      El Derecho Penal como medio de control social responde a unos valores propios, permite ciertas conductas y a la vez evita otras. “El Estado pretende que sus sistemas de control social sean justos, y destinados a hacer justicia, pero lo justo y la justicia son valores de significado diferente para unos y otros”[4].
·      El Derecho Penal es un medio de control, al cual se le debe acudir en última instancia “última ratio”, cuando todos los demás medios de solucionar el problema han fracasado[5].  
·      Podemos entender el Derecho Penal como control social, a través del ejemplo propuesto por Hulsman : cinco estudiantes conviven, uno de ellos, en cierto momento, golpea y rompe el televisor. Cada uno de los restantes analizará el suceso a su manera y adoptará una actitud diferente. Uno, furioso, declarará que no quiere vivir más con el primero; otro reclamará que pague el daño o compre otro televisor nuevo; otro afirmará que seguramente el estudiante esta enfermo; y, el último observará que para que tenga lugar un hecho de esa naturaleza algo debe marchar mal en la comunidad, lo que exige un examen común de conciencia. En este ejemplo vemos como ante un hecho se puede reaccionar de diferentes maneras para resolver el conflicto, surge un carácter punitivo, uno reparatorio, uno terapéutico, y uno conciliatorio.
·      Lo cierto es que cuando se elige la solución punitiva, se excluyen las otras, ésta solución implica apartar del grupo al individuo y además castigarlo. Por tal razón, solo se debe acudir al Derecho Penal, en última instancia.
3.    El Derecho Penal dio paso a la Teoría del Delito
·      ¿Quién define lo que es una conducta desviada y quién es el que tiene interés en su control?.
·      La Teoría del Delito, se ocupa de las características que debe reunir cualquier conducta para ser calificada como tal. Debido a que existen características comunes a todos los delitos, como características que solo se dan a algunos de ellos, el Derecho Penal se divide en Parte General (se ocupa de las características comunes que debe tener cualquier hecho para ser considerado delito ) y Parte Especial (se ocupa de las particularidades especificas a cada figura delictiva  tratada de manera dedicada).
·      Siendo la teoría general del delito la base de los lineamientos válidos de análisis a cada una de las figuras delictivas,  “un concepto general de delito bien estructurado y sistematizado no solo favorece a la seguridad jurídica y a la libertad ciudadana sino también a favorece a una mayor justicia en la respuesta penal al delito”[6].
·      La ciencia del Derecho Penal es una ciencia práctica y la teoría del delito tiene también una finalidad práctica. Su objeto es, en ese sentido, establecer un orden racional y, por lo tanto fundamentado, de los problemas y soluciones que se presentan en la aplicación de la ley penal en un caso dado. La teoría jurídica del delito es, en consecuencia, una propuesta, apoyada en un método científicamente  aceptado, de cómo fundamentar las resoluciones de los tribunales en materia de aplicación de la ley penal[7].
4.     El concepto de Delitos y Faltas
·      Nuestro ordenamiento penal se afilia – siguiendo el sistema español - al sistema bipartido de infracciones penales al reconocer como tales a los Delitos y las Faltas.
·      Este criterio adoptado por el legislador peruano se encuentra traducido en el artículo 11º del Código Penal Peruano que indica “son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por la ley” (texto casi idéntico al artículo 10º del Código Penal español que precisa: “Son delitos o faltas las acciones y omisiones dolosas o imprudentes penadas por la Ley”). El concepto mas cercano es el mencionado por Jiménez de Asúa, citando a Dorado Montero, que la falta “no es otra cosa que el delito venial, y, por consiguiente, entre ella y el delito propiamente dicho, no hay diferencia cualitativa, como se pretende sino meramente cuantitativa”[8].
·      Del mismo modo San Martín Castro afirma “las faltas son simples injustos menores en relación con los delitos; no hay entre ambas diferencias cualitativas, pues sus elementos son exactamente iguales, pero como quiera que las faltas conciernen sanciones más leves, y están referidas a vulneraciones de bienes jurídicos, de menor intensidad, es del caso, tratarlas distintamente en función a la simple diferencia cuantitativa que existen entre ellas”[9].




[1] Jescheck, Hans-Heinrich.(1981). “Tratado de Derecho Penal – Parte General”, traducción y adiciones del Derecho Españosl por Santiago Mir Puig y Francisco Muñoz Conde, Vol. I. Barcelona. Pág. 3-4.
[2] Vid. Zaffaroni.(1986).  “Manual de Derecho Penal – Parte General”, T.I. Ediciones Jurídicas, Buenos Aires. Pág 23-24.
[3] Bacigalupo, Enrique. (1988) “Manual de Derecho Penal - Parte General” 4ta reimpresión, Editorial Tamis. S.A., Santa Fé de Bogotá. Pág. 1. 
[4] Berdugo, Gomez de la Torre, Ignacio y otros.- En “Lecciones de Derecho Penal, Parte General”, 2da edición, Editorial Praxis, Barcelona. Pág.2.
[5] Berdugo, Gomez de la Torre, Ignacio y otros. “El Derecho Penal es el instrumento jurídico mas enérgico de que dispone el Estado para evitar las conductas que resultan más indeseables e insoportables socialmente. Pero es de gran importancia entender que este instrumento no es el único del que dispone la sociedad y el Estado para el Control Social de las consuctas de los individuos”. En “Lecciones de Derecho Penal, Parte General”, 2da edición, Editorial Praxis, Barcelona, p. 1.  
[6] Luzón Peña, Diego Manuel. (1996) “Curso de Derecho Penal” – Parte General I. Editorial UNIVERSITAS S.A. Madrid. Pág. 223.
[7] Bacigalupo, Enrique. (1998) “Manual de Derecho Penal - Parte General” 4ta reimpresión, Editorial Tamis. S.A., Santa Fé de Bogotá. Pág.67. 
[8] Jiménez de Asua, Luis (1949). Las contravenciones o Faltas, en Revista La Ley, Buenos Aires, Pág. 959-971
[9] San Martín Castro, César. (2006). Derecho Procesal Penal, Editorial Grijley, Lima Pág. 1261.