Por Jorge Contreras
Apartando el tema de la corrupción, una de las principales
criticas a la reciente homologación de haberes a Jueces de diciembre último, es
la que se escucha en los pasillos de las Cortes y Juzgados, a todos aquellos
que pasan por la dramática situación de llevar a cuestas un proceso. De ellos se escucha, “se les ha
aumentado de sueldos para que sigan haciendo lo mismo”.
Según el doctor Renato Villa[1],
en el Perú, los plazos procesales fijados en los Códigos Procesales y Ley
Orgánica del Poder Judicial “NUNCA” se cumplen por parte de los Jueces, y los
mismos (plazos), “SÓLO SE APLICAN A LOS LITIGANTES”, el resultado procesos
interminables en el tiempo. Esta situación afecta la imagen del Poder Judicial,
afecta la confianza en las autoridades judiciales y afecta el grado de
participación de la sociedad con sus autoridades.
Lo que la Ley dice…
En la Constitución
vigente, el artículo 2 inciso 2 señala la igualdad de todos ante la ley , el 109
señala
que la obligatoriedad y vigencia de las leyes es de cumplimiento por
“todos” y para “todos”. La Ley Orgánica
del Poder Judicial, señala términos para sentenciar, considera otros plazos
dispuestos por ley y determina responsabilidades disciplinarias por el
incumplimiento. El Código Procesal Civil
y el Código Procesal Constitucional
son cuerpos de leyes que tiene plazos para cada uno de los Procesos que
contienen. 
Si el litigante no
cumple…

En otras palabras, si el litigante no cumple con el plazo, pierde
la opción de apelar y probablemente con ella pierda algo más, sino el proceso.
Lo mismo sucede en el caso del incumplimiento de plazos en los procesos del Código
Procesal Constitucional.
Si el Juez no cumple
los plazos…
¿Qué pasa si un juez no cumple con los plazos? Simplemente
NADA
Por ejemplo, ¿Que pasa si un Juez no sentencia en el plazo
contenido en el inciso 11 del artículo 491 del Código Procesal Civil (que
establece que se debe expedir sentencia en 25 días) y no se hace sino hasta el
día 26?. Simplemente no pasa:
NADA.
La realidad no se puede ocultar, como ejemplo en cuanto a Procesos
Constitucionales, en el conocido proceso de Habeas Corpus de Magaly Medina la
decisión del Juez duró cuarenta días y en el caso de los Procesos de Amparo,
hay procesos que se han demorado para su resolución !!1 año!!;
Los jueces en el incumplimiento de los plazos aducen varios
motivos siendo los principales dos: La Falta de Presupuesto y La Carga Procesal.
Esperemos que con la homologación el sistema cambie, sino
estaremos haciendo caso de la critica, que dice “se les ha aumentado para que
sigan haciendo lo mismo.”
[1] Abogado. Ex-Docente de las
Universidades "Privada de Chiclayo", "César Vallejo" y
"Privada del Norte". Ex-Colaborador de la Revista Jurídica del Perú,
Ex miembro del Estudio Muñiz, Ramírez, Pérez-Taiman & Luna-Victoria. Actual
asesor Legal de Telefónica del Perú S.A.A.
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