Un llamado a la reflexión sobre este artículo del magistrado Dr. Vladimir Paz de la Barra, publicado en el libro "Magistratura", de nuestro profesor y compilador Dr. Victor Malpartida Castillo y publicado en Lima, en el diario El Comercio, el 7 de marzo de 1999,, las cosas no han
variado mucho desde ese entonces, por lo que los invito a su lectura.
Reforma
Judicial ¿Un proceso positivo?
Por Vladimir Paz de la Barra[1]
< Esta reforma judicial no ha dado resultado positivo a favor de la
población, porque solo se ha
limitado a modernizar el aspecto administrativo
del decadente sistema jurídico traído por los españoles a partir de la
conquista, hoy, todavía imperante con ciertos matices. Las causas de la crisis
de la administración de justicia no provienen de este Gobierno ni del pasado;
algunas de ellas como la vigencia de un obsoleto sistema jurídico, provienen de
la conquista; otras, como la pésima estructura del estado en materia de
servicio judicial, y la deficiente formación ético jurídica, de los hombres de
derecho, se originan durante la formación de la actual republica.
<Varios son los gobiernos que intentaron
infructuosamente reformar la administración de justicia. Dictaron sendas leyes
orgánicas del Poder Judicial, promulgaron códigos sustantivos y procesales,
crearon más juzgados y salas, cesaron magistrados para remplazarlos por otros.
Por ultimo comenzaron a ensayar con la creación de comisiones ejecutivas del
Poder Judicial y del Ministerio Público , la Academia de la Magistratura y el
Consejo Nacional de la Magistratura. El resultado, todos lo conocemos: la
administración de justicia alejada de la sociedad debido, básicamente, a la
corporativización de los juzgados, y a la falta de idoneidad jurídica y moral
de la mayoría de magistrados; mas onerosa por el excesivo costo de las tasas
judiciales; mas corrupta por el imperio de la provisionalidad y suplencia; más
complicada por la introducción de nuevas instituciones y conceptos,
sofisticados; mas inhumana por la insensibilidad de la mayoría de jueces y
fiscales; y por ultimo, mas manipulable por el poder político.
<Esto significa, que si bien es cierto la
ineficacia de la administración de justicia
tiene causas que datan muchos años atrás, sin embargo algunas veces como
en el presente, el servicio estatal de justicia se entrampa y se aleja de la
sociedad en mayor grado, como consecuencia de un conjunto de medidas normativas
provenientes del poder político bajo el ropaje jurídico de “reforma
judicial”. En otras palabras, una
pretendida cura puede, voluntaria o involuntariamente, agravar la enfermedad.
<Si deseamos realmente tener una administración de justicia democrática y
humana, objetivo supremo de toda sociedad, debemos elaborar una estrategia para
enfrentar desde su raíz aquellas tres grandes causas que han hecho del sistema
judicial un enfermo permanente. Es decir, tenemos que crear: primero un nuevo
sistema jurídico inherente a nuestra sociedad plurinacional, sobre la base de
los grandes principios universales del Derecho; segundo, una nueva forma de estructura del
Estado que contemple sistémicamente la
administración de justicia; y tercero, un sistema nacional educativo, que
involucre también el cambio de currículo de las facultades de Derecho, sobre la
base de una concepción filosófica, científica y humanista.
<En síntesis, para cambiar la actual
situación, más que reforma judicial, debemos realizar una reingeniería de la
administración de justicia. Esto se logrará inexorablemente, reformando la
actual Constitución Política, en el sentido de incorporar en ella, el concepto
de sistema judicial, dentro de una nueva estructura del Estado, con funciones
normativas, administrativas y coercitivas propias. Sin reforma constitucional
no se podrá hablar seriamente de una verdadera transformación de la
administración de justicia. Jamás debemos olvidar que un país será grande en la medida que tenga sus propios sistemas
estatal, jurídico y educativo, contemplados normativamente en la Constitución
Política, a fin de que esta se convierta en el principal instrumento jurídico
del desarrollo social.=
[1] PAZ DE LA BARRA, V. (2007). Reforma Judicial ¿Un proceso
positivo? In V. MALPARTIDA CASTILLO, & A. PAREDES GALVÁN (Ed.), Magistratura "Un poder sin poder",
encrucijada y disidencia (Primera Edición 2007 ed., Vol. 000434). Lima,
Lima, Perú: San Marcos. Pág. 65 y 66.
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