El último viernes se ha promulgado la ley Nº 29703, cuyo texto singular es materia de escándalo y de crecientes y duras criticas. En esta reciente norma, se precisa que solo aquellos funcionarios públicos que causen daño económico al estado estarán inhabilitados de ejercer cargos públicos. La norma en otras palabras anula el anterior concepto en que se incluía que solo bastaba el acuerdo de voluntad y el delito por parte de los funcionarios públicos para ser inhabilitados. Con la nueva norma, no habrá delito si no hay perdida económica.
La norma es considerada no solo una llave a la impunidad y a la corrupción en el estado, sino un blindaje, que el gobierno saliente da para protegerse jurídicamente pues les servirá no solo para continuar, sino para sustentar sus defensas jurídicas en estos casos.
La norma se refiere a los artículos 376, 384, 387, 388, 400. 401 y 393-A del Código Penal que se refieren al abuso de autoridad, colusión, peculado doloso y culposo, peculado de uso, tráfico de influencias, y enriquecimiento ilícito.
En declaraciones emitidas por Óscar Ugarte, ministro de salud del actual régimen, este aseguró que el delito de corrupción es imprescriptible y desestimó que se hayan realizado modificaciones a las normas para favorecer a funcionarios públicos corruptos.
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