Francisco Falcón
Con sentimiento cristiano
publicamos la biografía del licenciado en leyes Francisco Falcón, procurador
general de indios, lascasiano y, como tal, uno de los poquísimos españoles que
estuvieron en contra de la evangelización basada en la rapiña, en la mentira,
en la codicia y en el genocidio. Cuestionada
campaña apoyada por malos frailes que tiraron por la borda su fe cristiana. Falcón representó el sentimiento
indígena plasmado magistralmente en la frase del monseñor Desmond Tutu:
“Vinieron.
Ellos tenían la Biblia y nosotros
teníamos la tierra.
Y nos dijeron:“Cierren los ojos y
recen”…
Y cuando abrimos los ojos,
ellos tenían la tierra y nosotros
teníamos la Biblia.”
Francisco Falcón no obstante su origen hispano fue la excepción
de los españoles en la conquista y virreinato, quienes se caracterizaron por
dejar de lado la difusión del cristianismo y más bien centrar sus esfuerzos en enriquecerse,
ora hurtando las tierras y el oro de los indios, ora esclavizando a éstos. Falcón, sin cargo público real alguno, fue
el más enérgico defensor de los naturales, abogado ad-honorem de los indios, habida
cuenta que gozaba de una cuantiosa fortuna y excelentes negocios en las islas
caribeñas. Basado en su sólida formación jurídica se autotituló “procurador de
indios” y levantó su voz de protesta contra la administración del virrey
Francisco de Toledo (1569-1581),quien impulsó el sistema de corregimientos, estatizó
las minas de Huancavelica, estableció el Tribunal de la Santa Inquisición ,ajustició
a Túpac Amaru I, etcétera.
En este contexto, con inteligencia, valentía y coraje, el abogado
Falcón se enfrentó en abierta polémica jurídica contra notables hombres de
leyes colaboradores de Toledo, como el oidor Juan de Matienzo y el licenciado
Juan Polo de Ondegardo.
El licenciado Francisco Falcón nació en Alcázar de Consuegra 1521, España, y
falleció en Lima, en 1587. Su formación jurídica la recibió en la Universidad
de Salamanca, donde conoció a fray Francisco de Vitoria, filósofo y teólogo de
la orden dominica, cuyo real nombre era Francisco de Gamboa y que pugnaba por imponer
el derecho natural sobre el derecho positivo en las acciones de conquista del
Nuevo Mundo. De tal manera, De Vitoria daba sustento jurídico a las buenas intenciones
de evangelización que contenían las bulas papales de Alejandro VI, las reales
cédulas de los Reyes Católicos y las capitulaciones –léase contratos– entre la
corona y los conquistadores. Sea
dicho de paso, contratos de sociedad tipo en comandita según el destacado
abogado e historiador del derecho peruano, Jorge Basadre Ayulo.
En Salamanca, Falcón puso especial interés al estudiar las
cinco (5) bulas papales sobre la conquista y cristianización del Nuevo Mundo; el
Tratado de Tordesillas (4 de junio de 1494);l a primera Ley de Indias (Real Cédula
de 20 de junio de 1500) que consagró el reconocimiento de la libertad de los
indios; el testamento de la reina Isabel, la Católica, otorgado el 12 de
octubre de1504,en el que exigía buen trato para los naturales; las treinta y
dos (32) Leyes de Burgos promulgadas por el rey Fernando, el Católico, el 27 de
diciembre de 1512. Éstas reivindicaban el derecho natural para los indígenas de
las Indias Occidentales y el redactor de las mismas fue el gran jurista indiano
Nicolás de Obando ,apoyado por el gestor de ellas, el dominico fray Antonio de Montesinos,
quien en la isla caribeña de Santo Domingo, en el sermón del domingo anterior a
la navidad de 1511, levantó su indignada voz de protesta en defensa de los
indios:“Soy una voz que clama en medio del salvajismo”;la Provisión sobre
descubrimientos y buen trato a los indios sancionada por el rey Carlos I de España
y V de Alemania, el 17 de noviembre de 1526 y , finalmente, todas las
capitulaciones extendidas hasta entonces, máxime, la de Toledo, de 26 de julio
de 1529,que autorizó a Francisco Pizarro González la conquista de los incas.
Falcón en su alma máter tuvo la oportunidad de relacionarse
con el cura dominico Bartolomé de las Casas Sosa, quien también era licenciado
en leyes por la misma universidad y había revolucionado las aulas universitarias
con las denuncias formuladas contra los conquistadores por los abusos,
injusticias y barbaridades cometidas en perjuicio de los indios. En este contexto,
el rey Carlos V sancionó las Leyes Nuevas de1542 y 1543, que, sin duda alguna,
resumían y ratificaban la obligación de los conquistadores de otorgar un buen
gobierno, trato, respeto y resguardo de los derechos de los indígenas. Doctrina
humanista y cristiana que tomó el nombre de “lascasiana”.
Como ejemplar cristiano y fiel seguidor del evangelio, Falcón
abrazó como laico esta doctrina, y una vez obtenida su licenciatura en leyes se
propuso viajara América para ponerse al servicio de los naturales, allende los
mares. Empero, estaba consciente de que no lo podía hacer como abogado, sino
como acaudalado hombre de negocios, debido a la prohibición de viaje para los
letrados que querían trasladarse a las nuevas tierras. Restricción expresa del rey Fernando, el
Católico, y que, posteriormente, fue ratificada por los decretos de 1516 y de
1528.
Por tal motivo, el licenciado Francisco Falcón vino como
comerciante y se estableció en Panamá. Desde el primer momento adhirió a la
corriente pro indis, iniciada por los curas dominicos, primigeniamente por Montesinos
y luego impulsada exitosamente por De las Casas, bajo la inspiración del ius
naturalismo que De Vitoria había impartido en Salamanca. Al conocer la realidad
de los abusos y desgobierno de la corona y distorsión de la razón y naturaleza de
la conquista, Falcón decidió abandonar el istmo y viajar a Perú después de
enterarse de ilícitos hechos del pasado como varios sucesos recientes que le
exigieron poner en práctica su profunda fe cristiana basada en los tres
principios fundamentales: amar a Cristo, conocerle y servirle en la causa de la
infinita misericordia para el género humano.
Entre otros hechos, los más revelantes fueron: el asesinato
de Atahualpa por Pizarro, en Cajamarca, el 26 de julio de 1533;la infausta
guerra de los peruleros como consecuencia de la avaricia y envidia entre los
españoles; la ejecución del primer virrey del Perú, Blasco Núñez de Vela
(batalla de Añaquito, 18 de enero de 1546);el fracaso de la imposición de las
Leyes Nuevas y del absoluto triunfo del pacificador, licenciado Pedro de la
Gasca, quien consolidó las reparticiones y corregimientos como agradecimiento
por la lucha a favor de la causa real(Reparto de Guaynarima, agosto de
1548),con lo cual se afianzaba el sistema abusivo, ilegal y despiadado que
expoliaba a los naturales, y contra el cual estaba dispuesto a luchar en nombre
de Dios y del rey.
El licenciado Falcón llegó a Lima en 1560,con fortuna y
prestigio de hombre de fe y justo. De inmediato, se constituyó como el más
decidido publicista de la doctrina lascasiana y enarboló la bandera de la
defensa de los indios, autotitulándose “Protector de los indios”, haciendo un
papel de fiscal de la sociedad indígena. De ahí que nosotros le hemos
identificado como el primer “fiscal”
a carta cabal dentro del verdadero espíritu del Derecho indiano.
Sostenía que la libertad es una gracia otorgada al hombre
por el Supremo Creador y que sólo está regulada por el derecho natural, que es
anterior al derecho positivo creado por los hombres. Base fundamental para
entender que los españoles no tenían derecho para hacerle “guerra justa” a los
indios, esclavizarlos, apoderarse de sus tierras y cristianizarlos por la fuerza.
En el inicio de su titánica y solitaria lucha, nadie le escuchaba y con el afán
de tener alguna representación se declaró “defensor de los indios”.Esta
concepción y actitud de Francisco Falcón le valió para enfrentarse contra
virreyes y corregidores y, en consecuencia, contra los juristas consejeros.
En efecto, en tal condición, la historiografía virreinal recoge
por primera vez al licenciado Francisco Falcón. El ilustre historiador jesuita
Rubén Vargas Ugarte señala que éste se opuso a la fundación de la villa de
Chancay que realizó el cuarto virrey Diego López de Zúñiga y Velasco, conde de
Nieva, anterior a Toledo, arguyendo el perjuicio que se le originaba a los indios
al robárseles su libertad y tierras.
Fue durante el gobierno de doce años del virrey Toledo
cuando Falcón tuvo mayor actuación en defensa de los indios. Se enfrentó
legalmente contra los asesores virreinales Polo de Ondegardo y De Matienzo. Éstos conformaban la escuela o
corriente “toledana”,que estaba más cerca de las ideas de Juan Ginés de Sepúlveda,
mientras que Falcón se presentó como un “lascasiano” puro frente a De Matienzo,
quien, en verdad, era un sepulvedeano a ultranza, Polo de Ondegardo se
ubicaba en el medio de ambos, porque,
a su manera, fue un “indigenista utilitario”.Esto es, que sólo protegió a los
indios en la medida en que obtenía un provecho económico inmediato de ellos: ya
sea por su mano de obra (la mita) o por el pago de tributo.
En esta lucha contra el brutal sistema imperante de entonces
como consecuencia de la ambición y avaricia de los conquistadores, el
“Protector de los indios” buscó el apoyo de amigos influyentes, como el primer
arzobispo de Lima, Jerónimo de Loayza, quien también había sido discípulo de
fray De Vitoria en Salamanca; el dominico Tomás de San Martín, fundador de la
Real Universidad Mayor de San Marcos (12 de mayo de 1551);el jesuita Francisco Coello
y el teólogo Domingo de Santo Tomás ,para fortalecer su posición y socavar las
bases inhumanas de los corregimientos, de la mita, del yanaconaje, de la estatización de las
minas de Huancavelica y el repudio al asesinato de Túpac Amaru I, etcétera.
No obstante su posición de exitoso comerciante, Falcón se
opuso al ingreso de mercaderías para los indios que los corregidores obligaban
a comprar a los naturales, dentro del ingrato sistema del reparto. Esto es que
los indios tenían que aceptar ropa de seda, zapatos y otros productos europeos
a cuenta de su paga. De ahí que este licenciado, conocido también como Falconio
Aragonés, no escatimó esfuerzo alguno para enviar memoriales y quejas al rey, haciéndole
saber que la ley se acataba, pero no se cumplía(característica de “incumplimiento”
de la Legislación de Indias) y que se cometían grandes abusos contra los
indígenas americanos. Ésta es la razón por la que el abogado e historiador del
derecho peruano Jorge Basadre Grohmann señala:“Falcón fue apoderado de diferentes
comunidades de indios, argumentó a favor de ellas y llegó a presentarse al
Tercer Concilio de Lima de 1582, presidido por santo Toribio Alfonso de
Mogrovejo, reclamando contra las injusticias que sufrían”.Esta famosa intervención
conciliar tuvo por título Representación de los daños y molestias que se hacen
a los indios.
Francisco Falcón trató escrupulosamente el asunto del
trabajo obligatorio de los indios y los aspectos sociales y religiosos de la
sociedad virreinal de entonces. Critica
la usurpación que hacen los españoles respecto de las tierras y propiedades de
los indios. También cuestiona el
destino final del tributo que se va de la tierra de donde se recauda en
beneficio de otros lugares, según el historiador de la Pontificia Universidad
Católica del Perú, Juan Carlos Crespo, nuestro profesor en la maestría en
Historia (1985),quien resalta la investigación sobre nuestro biografiado
realizada por el abogado e historiador Guillermo Lohmann Villena (El licenciado
Francisco Falcón: Vida, escritos y acutación en el Perú de procurador de los
indios, Sevilla,1970).Éste apunta sobre otra defensa escrita por el propio
licenciado con el epígrafe de Apología pro indis y que todavía se encuentra
inédita. El tema de ella fue planteado en el II Concilio de Lima realizado en
1567 bajo la presidencia del arzobispo Loayza, quien subrayó la preeminencia
del ius naturalis en la relación con los indios, lo cual le había convertido en
un acérrimo defensor de los mismos.
Es más, Basadre afirma que “Falcón llegó a negara los
españoles derecho sobre los señoríos y haciendas de los naturales de América y
por ello pidió la restitución de sus bienes, el consumo dentro del Perú de lo
que produjeran los tributos peruanos, la fundación de un limitado número de
pueblos españoles sólo para sustentar y hacer espaldas a los predicadores del evangelio,
la carga de tributos no mayores que el que habían percibido los Incas”.
Bibliográficamente, Falcón resulta poco conocido a pesar de
su gran importancia en defensa de la juridicidad de esa época. El abogado y
escritor Aurelio Miró Quesada Sosa sostiene que nuestro biografiado también es
conocido con el nombre de Falconio Aragonés, tal como lo apunta en su prólogo a
los Comentarios Reales de los Incas del Inca Garcilaso de la Vega (Lima,1959). Por otro lado, Vargas Ugarte, precisa
la actuación de Falcón como procurador de los indios en el III Concilio Limense
al presentar un memorial proponiendo el despoblamiento de Chancay, dando por
motivo el perjuicio que de su fundación se había seguido a los indios y, lo que
es más, de advertir citaba en su apoyo una cédula en la que S.M. mandaba se
despoblase.
En este contexto, el insigne historiador y abogado Raúl
Porras Barrenechea le menciona en dos oportunidades. Una, al precisar que la
obra de Falcón, Apología pro indis, sirvió de base, entre otros libros indigenistas,
al jesuita anónimo, citado también por el padre Blas Valera. Otra, al señalar
la pléyade de cronistas y funcionarios que esgrimieron su pluma en defensa del
aborigen y en el grupo ubica a Falcón.
En1986 el historiador dominico Isacio Pérez Fernández, O.P., le cita
varias veces en su obra Bartolomé de las Casas en Perú (Madrid).
Por último, cuando realizamos la maestría en Ciencias
Penales en la Universidad Particular San Martín de Porres, en el curso que
dictó el ex fiscal de la Nación Pedro Méndez Jurado, presentamos un sucinto
trabajo monográfico intitulado Evolución Histórica del Ministerio
Público(Lima,1989). En él planteamos la hipótesis de que el licenciado Francisco
Falcón se autotituló fiscal y ejerció como tal, sin serlo de manera oficial; empero,
las autoridades virreinales tuvieron que respetarle por su sapiencia y dominio
de las Leyes de Indias. La
investigación y el desarrollo del tema nos sirvió para verificar con hechos
histórico-jurídicos lo que pudimos presentar definitivamente como tesis. Modestia
aparte, fuimos felicitados y calificados con la mayor nota vigesimal (F.del S.)
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