HACIA UNA AUTORIDAD AUTÓNOMA QUE PROMUEVA ESTE DERECHO
Es importante que los ciudadanos y ciudadanas sepamos que la
información en poder del Estado es pública y que tenemos derecho a conocerla. La
transparencia es una medida preventiva contra el secretismo y la corrupción. Ella
favorece la vigencia de un régimen democrático. Precisamente, el contenido y alcances
del derecho de acceso a la información pública han sido desarrollados por la Constitución
de 1993, los instrumentos internacionales sobre derechos humanos, las leyes y la
jurisprudencia del Tribunal Constituciooal. Sin embargo ¿dicho desarrollo será suficiente?
De acuerdo con el artículo 2° inciso 5) de la Constitución, toda
persona tiene el derecho a solicitar,
sin expresión de causa, la información que requiera y a recibirla de cualquier
entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Este derecho
no es absoluto. Según la Constitución, las excepciones están referidas a informaciones
que afectan la intimidad, la seguridad nacional, el secreto bancario, la reserva tributaria y las que expresamente
se excluyen por ley.
"Luego de cerca de diez años de vigencia de la Ley de transparencia
y acceso a la información pública se aprecian avances, pero aún quedan temas pendientes."
Por su parte, la ley de transparencia y acceso a la información
pública, cuyo TUO fue aprobado mediante el DS N° 043-2003-PCM, distingue tres tipos
de información. Así, tenemos la secreta – ámbito militar y de inteligencia -; la
reservada – ámbito policial y de relaciones exteriores – y la confidencial
–intimidad, secreto bancario, reserva tributaria, etcétera-. Esta norma busca dejar
atrás la clasificación ambigua e imprecisa que antes existía. Además, contiene un conjunto de normas que promueven
la transparencia. Y es que el Estado no solo debe entregar la información que le
soliciten, sino que debe dictar medidas que pongan a disposición de la ciudadanía la información y garanticen el escrutinio
público.
Así. Resulta fundamental la obligación de todas las entidades
públicas de contar con portales de transparencia que difundan, mediante Internet,
los datos generales de la entidad, que incluyan las disposiciones y comunicados
emitidos, su organización, organigrama
y procedimientos; las adquisiciones
de bienes y servidos que realicen; y la información adicional que la entidad considere
pertinente.
No obstante. Luego de cerca de diez años de vigencia de la ley
de transparencia y acceso a la información pública, se aprecian avances, pero aún
quedan temas pendientes. Y es que si bien una ley es importante, ella no es suficiente.
La "cultura del secreto", arraigada en el país, no se revierte solo por
una norma. Se trata de un tema Cultural que requiere un cambio de actitud y un compromiso
sincero de nuestras autoridades. Para avanzar hacia una "Cultura de la transparencia"
se debe fortalecer la institucionalidad. Por ello, compartimos la propuesta de la
Defensoría del Pueblo de abrir el debate sobre la conveniencia de contar con una
entidad pública autónoma encargada de la defensa y promoción de la transparencia,
tal como existe en otros países de América Latina, como México y Chile. Ello debe formar parte de un "compromiso
por la transparencia" que contribuya a garantizar el buen gobierno en el país
y a seguir avanzando en la lucha contra el secretismo que tan malos recuerdos nos
ha dejado.
Propuesta Legal
De acuerdo con la Defensoría del Pueblo. La creación de una autoridad
autónoma permitirá garantizar la fiscalización de las normas de transparencia y
acceso a la información pública, así como la solución oportuna de los conflictos
que se presentan en la relación de la ciudadanía con el Estado.
El derecho fundamental de acceso a información se encuentra protegido
por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana.
Los países de la región latinoamericana que cuentan con legislación
en materia de acceso a la información son: Antigua y Barbada, Belice, Canada,
Colombia, Chile, Ecuador, El Salvador, Estados Unidos, Guatemala, Honduras, Jamaica,
México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, y Uruguay.
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